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FRA 00674/2010 EMBAJADA DE MÉXICO Madame la Sénatrice, Je me permets de taire référence á votre lettre, en date du 17mars dernier, dans laquelle vous exprimez votre préoccupation concernant les regrettables événements qui ont eu lieu á San Salvador Ateneo, dans l'État de México, les 3 et 4 mai 2006. Tout d'abord, je tiens á souligner toute Timportance que le Gouvernement du Mexique a accordé á l'éclaircissement des faits, de méme qu'á la protection des droiís de l'homme des victimes et au combat contre l'impunité des personnes ayant commis de graves violations de ees droits. En ce sens, je me permets de préciser que depuis que ees faits ont eu lieu, les autorités administrativos fedérales comme la Commission nationale mexicaine des droits de l'homme sont ¡ntervenues et le Bureau spécial du Procureur charge des delits de violence contre les femmes du Bureau du Procureur General de la République a ouverí une enquéte le 15 mai 2006. De méme, les conditions ont été réunies pour assurer aux organisations de la société civile la possibilité de s'entretenir avec les victimes des violations des droits de l'homme ainsi qu'avec des représentants des autorités impliquées dans ees faits. II convient d'indiquer, en outre. que la Cour supréme du Mexique a mis en place une Commission d'enquéte sur ees événements et a rendu, en février 2009, un jugement relatif á l'efficacité de l'enquéte, á l'existence de graves violations des garanties 9, Rué de Longchamp 75116 París Tél. : (33) 01 53 70 27 70 Fax : (33) 01 47 55 65 29

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EMBAJADA DE MÉXICO

Madame la Sénatrice,

Je me permets de taire référence á votre lettre, en date du 17mars dernier, dans

laquelle vous exprimez votre préoccupation concernant les regrettables événements qui

ont eu lieu á San Salvador Ateneo, dans l'État de México, les 3 et 4 mai 2006.

Tout d'abord, je tiens á souligner toute Timportance que le Gouvernement du Mexique a

accordé á l'éclaircissement des faits, de méme qu'á la protection des droiís de l'homme

des victimes et au combat contre l'impunité des personnes ayant commis de graves

violations de ees droits. En ce sens, je me permets de préciser que depuis que ees faits

ont eu lieu, les autorités administrativos fedérales comme la Commission nationale

mexicaine des droits de l'homme sont ¡ntervenues et le Bureau spécial du Procureur

charge des delits de violence contre les femmes du Bureau du Procureur General de la

République a ouverí une enquéte le 15 mai 2006.

De méme, les conditions ont été réunies pour assurer aux organisations de la société

civile la possibilité de s'entretenir avec les victimes des violations des droits de l'homme

ainsi qu'avec des représentants des autorités impliquées dans ees faits.

II convient d'indiquer, en outre. que la Cour supréme du Mexique a mis en place une

Commission d'enquéte sur ees événements et a rendu, en février 2009, un jugement

relatif á l'efficacité de l'enquéte, á l'existence de graves violations des garanties

9, Rué de Longchamp 75116 París Tél. : (33) 01 53 70 27 70 Fax : (33) 01 47 55 65 29

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¡ndividuelles et á I'identif¡catión des autorités ¡mpliquées. Ce jugement a été transmis

aux autorités de l'État de México ainsi qu'au Ministre de la Sécurité publique.

Enfin, je me permets de joindre á la présente un document informatif contenant certains

éléments qui pourraient vous étre útiles dans l'analyse de cette affaire regrettable.

Soyez certaine que je ne manquera! pas de communiquer aux autorités competentes

votre intérét et vos inquietudes á cet égard.

Veuillez agréer, Madame la Sénatrice, l'assurance de ma considération distinguée.

Carlos-«re/caza

Ambassadeur

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SAN SALVADOR ATENGO

• Antecedentes

El 3 de mayo de 2006, varios floricultores seinstalaron sin permiso a las afueras del mercado deTexcoco, Estado de México (Edomex). Posteriormentefueron desalojados por policías de ese municipio.Como una medida de apoyo a los floricultores, ungrupo de pobladores de San Salvador Ateneo,conocidos como los "macheteros", bloquearon lacarretera Texcoco-Lechería; la policía local y lapolicía federal efectuaron un operativo paradesbloquear la carretera, lo que degeneró en unenfrentamiento del que resultaron varios policíassecuestrados y 189 civiles detenidos, 50 eranmujeres, 4 de ellas extranjeras1.

Al día siguiente las autoridades determinaronrealizar un operativo policial para restablecer elorden en San Salvador Ateneo, liberar a los policíassecuestrados y poner en libertad a quienes asíresultara; con ello fueron liberadas 39 de las 50mujeres detenidas.

Las 11 mujeres defendías" fueron puestas adisposición de la autoridad investigadora (PGJEdomex) por la probable comisión de los delitos deataques a las vías de comunicación, secuestroequiparado y delincuencia organizada. Conposterioridad fueron consignadas ante el juez penaldel Edomex.

Algunas de las mujeres detenidas refirieron habersido víctimas de abuso sexual durante su traslado al

' Cristina Vals Fernández, María Sostres Tórrida, Valentina Larissa Palma Novoa y Samantha Ariane MareiDietmar.2 Mariana Selvas Gómez, Georgina Edith Rosales Gutiérrez, María Patricia Romero Hernández, Norma AidéJimcncE Oaorio, Claudia IIciuaiidc¿ Mmüucz., BáiUdia Itdlid Mcuüc¿ Muienu, Ana María Velasco Rodríguez,Yolanda Muñoz Diosdada, Cristina Sánchez Hernández, Patricia Torres Linares y Suhelen Gabriela CuervasJaramillo.

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Centro de Prevención y Readaptación Social (CERESO).Dicha situación fue denunciada ante la autoridadinvestigador. El juez penal del Edomex encontró 5probables responsables.

• Intervención de autoridades administrativasfederales (INM)

Debido a que entre las detenidas por los disturbiosse encontraban 4 extranjeras, el Instituto Nacionalde Migración (INM) intervino en favor de ellas paraque fueran trasladas inmediatamente a la estaciónmigratoria (lugar en el que se determinarla suexpulsión por haber realizado actividades diversas alas autorizadas para su ingreso y estancia en elpais) . El juez penal de primera instancia determinóla libertad de las 4 mujeres extranjeras, por noencontrar responsabilidad penal en los disturbiosdel 3 de mayo de 2006. El INM instó también para quefueran valoradas médicamente y asistidas porpersonal de la Comisión Nacional de Derechos Humanos(CNDH), asi como también asesoradas y asistidas porlos cónsules de sus respectivos países.

La nacional alemana Samantha Ariane Marei Diezmarfue la única extranjera que denunció abuso sexual,no obstante no quiso formalizar su denuncia y senegó a ser revisada por personal médico femenino. Alrespecto, debe señalarse que el INM aceptó larecomendación de la CNDH, para que se investigara laprobable responsabilidad en contra de los policíasque intervinieron en su detención y traslado alCERESO.

• Intervención de la Comisión Nacional de losDerechos Humanos (CNDH)

Además de la pronta intervención por parte del INM,destaca la participación de la CNDH en estoslam«n talóles eventos, on par t icular durante el

trámite de las 7 mujeres que fueron sujetas a

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proceso. En efecto, el 22 de mayo de 2006, la CNDHemitió un informe preliminar de las accionesrealizadas en el caso, donde determinó que loshechos referidos contemplaban posibles violaciones aderechos humanos susceptibles de investigación.

Posteriormente, el 16 de octubre de 2006, la CNDHemitió la recomendación 38/2006 que fue aceptada porel Gobernador del Estado de México y por elComisionado del INM. Además, debido a la relevanciadel caso, la autoridad investigadora federalinstruyó al área competente y especializada,investigar las denuncias por delitos sexuales.

• Intervención de la autoridad investigadorafederal (FEVIMTRA)

El 15 de mayo de 2006, la Fiscalía Especial para losDelitos de Violencia contra las Mujeres y Trata dePersonas (FEVIMTRA), de la Procuraduría General dela República (PGR) inició la investigación por elagravio perpetrado en contra de 7 mujeres detenidas.

El 17 de mayo de 2006, una organización de lasociedad civil denunció los hechos cometidos enagravio de: Mariana Selvas Gómez, Yolanda MuñozDiosdada, Gabriela Téllez Venegas, Yolanda DomínguezAlvarado, Bárbara Italia Méndez Moreno, ClaudiaHernández García y Suhelen Gabriela CuevasJaramillo.

- Entre otras diligencias, la FEVIMTRA realizó laaplicación del dictamen médico-psicológicoespecializado para casos de posible tortura omaltrato, conforme al Protocolo de Estambul. Durantevarios meses, personal de la Fiscalía y su Centro deAtención a Víctimas instó la visita de expertas enmedicina para que revisaran a las mujeres internasen CERESO, a fin de otorgarles atención médica ypsicológica.

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- En julio de 2008, la Dirección de Extradiciones yAsistencia Jurídica de la Subprocuraduria Jurídica yde Asuntos Internacionales de la PGP. requirióasistencia jurídica en materia penal a los gobiernosde España (Cristina Vals Fernández y María SosaresTórrida), Chile (Valentina Larissa Palma Novoa) yAlemania (Sam.antha Ariane Marei Dietmar) , con el finde recabar sus declaraciones sobre los hechos.

Al momento de determinar la indagatoria, elexpediente permitía establecer: la presencia dedaños físicos y emocionales en las victimas, laexistencia de hechos probablemente constitutivos deldelito de tortura y la probable participación depolicías locales.

- De acuerdo con el análisis y valoración de loshechos a partir de la investigación, asi como susparticularidades y características; de las calidadespropias de sujetos activos y pasivos y victimas, sedeterminó que se llevaron a cabo actos violentoscontra mujeres, los cuales fueron investigados apartir de una perspectiva de género. Por no esnarcomprobada la participación de agentes federales enlos hechos del 3 y 4 de mayo de 2006, se declinó lacompetencia a la autoridad investigadora local.

• Situación actual de los procesos incoados asiete mu j e r e s

Por lo que a la denuncia de delitos sexuales serefiere, la PGJ Edomex ejercitó acción penal encentra de 17 elementos -de la Aciencia de SeguridadEstatal (ASE) y 4 elementos de la Policía Municipalde Texcoco, como probables responsables del deliüode abuso de autoridad, un ex-policia de la ASE seencuentra sujeco a proceso por el delito de abuso deautoridad y se está en espera de que se dictesentencia a 4 ex-ooliciales municioales.

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En el mes de julio de 2006, la autoridad ministeriallocal ejercitó acción penal en contra de DoroteoBlas Marcelo, ex-policia de la ASE, como probableresponsable de la comisión del delito de actoslibidinosos, cometidos en agravio de Ana MariaVelasco Rodríguez, relacionada con los hechos del 3y 4 de mayo de 2006. Una vez consignada lainvestigación, la autoridad judicial dictó sentenciacondenatoria, misma que fue recurrida y confirmadapor el tribunal de alzada. Inconforme con laresolución, el señor Blas Marcelo interpuso juiciode amparo en contra de la resolución y obtuvo unfallo favorable quedando en libertad.

Desde 2006 y hasta la fecha, de las siete mujeresprocesadas, seis han obtenido su libertad.

Hace unos dias (17 de febrero 2010) fue sentenciadaPatricia Romero Hernández, la única mujer quequedaba sujeta a proceso y quien fue sentenciada a31 años, 10 meses y 15 dias por el delito desecuestro. El estado mexicano ha dado a la Sra.Romero todas las facilidades para su defensa,inclusive ha sido visitada por comisionados de laCIDH y de organizaciones de la sociedad civil. Encaso de estar inconforme con la sentencia, la Sra.Romero tiene la posibilidad de la recurriría ante eltribunal de alzada.

• Intervención de la Suprema Corte de Justicia dela Nación

El 6 de febrero de 2007, la Suprema Corte deJusticia de la Nación (SCJN) determinó ejercer lafacultad de investigación sobre el caso y comisionóa un grupo para realizar las investigacionesrelacionadas con los hechos ocurridos el 3 y 4 demayo de 2006.

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El 13 de marzo de 2008, la Comisión de Investigaciónelaboró un informe preliminar, el cual fue sometidoa consideración del Pleno de la Corte. El dictamendel informe fue aprobado el 12 de febrero de 2009 yel Pleno decidió remitirlo al Poder Ejecutivo delEstado de México, a la Presidencia Municipal deTexcoco, a la Procuraduría General de Justicia delEstado de México, al Secretario de Seguridad PúblicaFederal y al Instituto Nacional de Migración. Eldictamen versó sobre la eficacia de lainvestigación, determinación de violaciones graves alas garantías individuales e identificación deautoridades involucradas. En el destacan lassiguientes conclusiones de la SCJN:

1. Si existieron violaciones graves a garantíasindividuales, en los sucesos de los dias 3 y4 de mayo de 2006 en Texcoco y San SalvadorAteneo, Edomex, de acuerdo con los datosresultantes de la investigación y confundamento en las disposiciones que rigen ala fuerza pública en México.

2. No puede atribuirse que existió voluntadexpresa ni órdenes para realizar dichasviolaciones por parte de las autoridades yfuncionarios que se reunieron el 3 de mayode 2006 y que autorizaron el uso de lafuerza pública, asi como a aquellos queparticiparon en la reunión para diseñar laestrategia del operativo.

3. Conforme a los datos de la investigación, sipueden establecerse participacionesindividuales y concretas en los hechosconstitutivos de violaciones graves degarantías individuales. Las instanciasrespectivas pueden ampliar lasinvestigaciones en torno a quienes pudierenhaber incurrido en graves violaciones adichas garantías.

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4. La SCJN estableció criterios jurídicos sobreel uso de la fuerza pública, que serviráncomo parámetros y referentes para determinarla existencia o no de violaciones graves delas garantías individuales. Además en uso desu facultad de atracción, el 8 de enero de2010, la SCJN conoció de los juicios deamparo relacionados con la causa penal y laapelación interpuestos por Ignacio del ValleMedina, Felipe Álvarez Hernández y HéctorGalindo Gochicoa, en contra de la sentenciadel el Juez penal relativa a los hechosocurridos el 3 y 4 de mayo de 2006 en SanSalvador Ateneo (Del Valle Medina, ÁlvarezHernández y Galindo Gochicoa, se encuentranrecluidos en el penal del Altiplano,condenados a 67 años con 6 meses de prisión,por el delito de secuestro equiparado).

Participación de órganos internacionales en materiade derechos humanos Comisión Interamericana deDerechos Humanos

El 17 de diciembre de 2009 se presentó ante la CIDHuna petición por presuntas violaciones a derechoshumanos cometidas en agravio de Mariana Selvas Gómezy otras. En atención a sus atribuciones, laSecretaría de Relaciones Exteriores, en colaboracióncon las autoridades directamente involucradas, estápreparando la respuesta correspondiente.

El 10 de marzo de 2010, en el Palacio de Gobiernodel Estado de México se tiene prevista una reuniónde trabajo con la participación de losrepresentantes de la Cancillería, del TribunalSuperior de Justicia, con el Secretario General deGobierno y con el Procurador General de Justicia delEstado de México con el fin de establecer lapooición del Estado mexicano paro, dair una

a la CIDH.

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Por último, debe señalarse que a partir de quesucedieron los hechos, se establecieron lascondiciones para que organizaciones civiles tuvieranla posibilidad de entrevistarse con las víctimas deviolaciones de derechos humanos y con representantesde las autoridades involucradas en los hechos.