FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LA
LUBRICADORA DE LA SRA. MARA MRQUEZ.
CONSULTOR: Ing. Ral Sinche
LOJA-ECUADOR
2010
FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LA
LUBRICADORA DE VEHCULOS DE LA SEORA MAYA MARA
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FICHA TCNICA DEL PROYECTO
FICHA TCNICA
NOMBRE DEL PROYECTO LUBRICADORA DE VEHCULOS DE LA
SEORA MAYA MARA MRQUEZ.
UBICACIN
La Lubricadora se encuentra ubicada en la Provincia
de Loja, Cantn Loja, Parroquia San Sebastin,
Sector La Argelia, especficamente en las calles Av.
Po Jaramillo Alvarado y Renaul.
FASE Operacin-Mantenimiento.
SUPERFICIE DEL REA La superficie total del terreno es de 528 m2
RAZN SOCIAL DEL
SUJETO DE CONTROL Propietaria de la Lubricadora.
DIRECCIN DOMICILIARIA Av. Po Jaramillo Alvarado y Renaul.
TELFONO 072547069
REPRESENTANTE LEGAL Lic. Maya Mara Mrquez Carrin.
CONSULTOR RESPONSABLE
No. REGISTRO :
DIRECCIN:
TELEFAX:
E-mail:
Ing. Ral Alexis Sinche Freire N 03-038-DIMA-
JGA-HCPL; 1-09573-CIN, Barrio San Jos, Calle
Ramn Burneo y Bolvar Bailn; 072571310;
EQUIPO TCNICO
Ing. Ral Alexis Sinche Freire (Componente
Abitico, Valoracin Ambiental) Responsable
Ing. Jackson Alfonso Romero Tinoco (Componente
Bitico y Social)
PLAZO DE EJECUCIN 60 das calendario
PLAN DE MEDIDAS
AMBIENTALES $ 2000,00 USD
COSTO DEL ESTUDIO $ 600,00 USD
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FICHA AMBIENTAL
1. DATOS DE IDENTIFICACION Y LOCALIZACION DEL PROYECTO
Identificacin del proyecto
Nombre del Proyecto: LUBRICADORA DE VEHCULOS DE LA
SEORA MAYA MARA MRQUEZ.
Cdigo:1100206
Fecha: 29/06/2010
Localizacin geogrfica
Localizacin del Proyecto:
Cantn: Loja
Parroquia: San Sebastin
Comunidad: La Argelia
Financiamiento
Auspiciado por: Ministerio de:
Financiamiento: Gobierno Provincial:
Gobierno Municipal:
Org. De inversin /
desarrollo:
X Otro: Sra. Maya Mara Mrquez Carrin
Categora del proyecto
Puertos, vas de navegacin, astilleros y terminales
martimos.
Proyectos de desarrollo o explotacin forestales en suelos
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frgiles o en terrenos cubiertos de bosque nativo, industria
de celulosa, pasta de papel, papel, plantas astilladoras
elaboradas de madera y aserraderos, que tengan carcter
industrial.
Proyectos de explotacin intensiva, cultivo y plantas
procesadoras de recursos hidrobiolgicos
Proyectos agroindustriales y de industria alimentara que
por su naturaleza pudieren desarrollar actividades
contaminantes.
Ejecucin de obras o actividades en reas de reserva,
conservacin y otros ecosistemas frgiles que se hallen bajo
la administracin del Consejo Provincial.
Proyectos que se hallen en zonas de amortiguamiento de
reas naturales protegidas.
Proyectos que produzcan alteraciones significativas, por su
magnitud y duracin, en el patrimonio escnico, cultural e
histrico de la provincia.
Construccin o ampliacin de redes viales, fluviales y
ferroviarias de alcance provincial.
Proyecto de riego de ms de 200 hectreas.
Trasvase de corrientes de agua de una a otra cuenca
hidrogrfica.
Proyecto de reforestacin y silvicultura comercial
Establecimientos comerciales de zoocriaderos, granjas
pecuarias, acucolas, pisccolas y avcolas
Explotacin de minas de materiales de construccin y no
metlicos.
Plantas de tratamiento y procesamiento de materiales
ptreos.
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Plantas de tratamiento, fundicin y refinacin de metales.
Plantas de procesamiento de arcillas.
Fbricas de alcohol etlico y metlico
Instalaciones que descarguen sustancias o aguas
contaminadas X
Lubricadora de Carros
Proyectos de aprovechamiento de energas renovables.
Los proyectos, obras o actividades, cuyos representantes, en
forma expresa y voluntaria, soliciten al Consejo Provincial
que se le aplique la EIA regulada por esta ordenanza.
FASES DEL PROYECTO FASE 1. CONSTRUCCIN
Se inici con el levantamiento topogrfico, por parte de un topgrafo, para luego continuar con el
Replanteo y nivelacin del terreno. Seguidamente se llev a cabo la excavacin del pozo reservorio,
que tiene una profundidad de 23 m, para continuar con la construccin de las instalaciones sanitarias e
instalaciones elctricas, posteriormente se realiz la construccin de dos rampas una de 6 m y la otra
de 20 m. Luego se Construyo la caseta para el rea administrativa y la bodega de aceites, procediendo
finalmente al desalojo de escombros generados por todas las construcciones mencionadas.
FASE 2. OPERACIN
La lubricadora, tiene rea total de terreno 528 m2 y una rea de construccin de 120 m
2, la misma que
brindar el servicio de cambio de aceite, engrasada y rociada a aproximadamente 10 carros diarios,
contando con dos trabajadores encargados de realizar estas actividades.
Los equipos y herramientas utilizadas en la lubricadora son los siguientes:
Bomba p11/6 3 hp thebe
Engrasadora neumtica 20 kg c/c s/b bozza
Compresor 3 hp 60 gl 220 v
Aspiradora Lavorwash Domus con dos motores 110V/60 HZ, potencia; 2,72 HP, CAP./TQUE:
70 LTS, Peso: 35 Kg
Bomba centrifuga vertical multietapa modelo CR3-21
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Llaves mixtas
Juego De Dados Autoclet 115 Piezas 94-374 Stanley BsF 995
Gato Caiman 3 Ton Torin Perfil Bajo
Juego De Destornilladores 24 Piezas Craftsman BsF 490
Dos medidores de luz, uno de 220 voltios y el otro de 110 v.
FASE 3. MANTENIMIENTO
El mantenimiento de los equipos se los realizar mensualmente para optimizar y garantizar el buen
funcionamiento de los mismos, por parte del encargado de la lavadora.
Dentro de las actividades constan las siguientes:
Inspecciones peridicas de la maquinaria y equipos de la lubricadora
Limpieza y/o sustitucin de partes en mal estado de la maquinaria
Mantenimiento peridico de la bomba centrifuga
Inspeccin y calibracin peridica del compresor
Sealizar las diferentes zonas con letreros y anuncios de seguridad, as como letreros para orientar a los clientes sobre un buen manejo de desechos.
Nivel de los estudios
tcnicos del proyecto:
Idea o prefactibilidad
Factibilidad
X Definitivo Lubricadora de carros
2. DATOS DEL SUJETO DE CONTROL
Nombre o Razn Social: LUBRICADORA DE VEHCULOS DE LA SEORA MAYA MARA
MRQUEZ
Representante legal: Sr. Maya Mara Mrquez Carrin; CI.: 1102517875
Direccin: Av. Po Jaramillo Alvarado y Renaul.
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Barrio / sector La Argelia Ciudad: Loja Provincia: Loja
Telfono 072547069 Fax: E-mail:
3. CARACTERSTICAS DEL REA DE INFLUENCIA
Caracterizacin del Medio Fsico.
Localizacin.
Coordenadas: X UTM
Superficie del rea de influencia directa: 528 m2
1 Longitud 0699547 Latitud 9554388
2 Longitud 0699525 Latitud 9554393
3 Longitud 0699574 Latitud 9554401
4 Longitud 0699575 Latitud 9554378
Altitud:
A nivel del mar
Entre 0 y 500 msnm
Entre 501 y 2.300 msnm
X Entre 2.301 y 3.000 msnm 2 140 msnm
Entre 3.001 y 4.000 msnm
Ms de 4000 msnm
Clima.
Temperatura
Clido-seco Clido-seco (0-500 msnm)
Clido-hmedo Clido-hmedo (0-500 msnm)
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= Subtropical Subtropical (500-2.300 msnm)
X Templado Templado (2.300-3.000 msnm)
Fro Fro (3.000-4.500 msnm)
Glacial Menor a 0 oC en altitud (>4.500 msnm)
Geologa, geomorfologa y suelos.
Ocupacin actual del
rea de influencia:
X Asentamientos humanos
reas agrcolas o ganaderas
reas ecolgicas protegidas
Bosques naturales o artificiales
Fuentes hidrolgicas y cauces naturales
Manglares
Zonas arqueolgicas
Zonas con riqueza hidrocarburfera
Zonas con riquezas minerales
Zonas de potencial turstico
Zonas de valor histrico, cultural o religioso
Zonas escnicas nicas
Zonas inestables con riesgo ssmico
Zonas reservadas por seguridad nacional
Otra
Pendiente del suelo
X Llano El terreno es plano. Las pendientes son menores que el
30%.
Ondulado El terreno es ondulado. Las pendientes son suaves (entre
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30% y 100 %).
Montaoso El terreno es quebrado. Las pendientes son mayores al
100 %.
Tipo de suelo
Arcilloso
X Arenoso Clase VII, fertilidad de media a baja destinada
principalmente para pastos.
Semiduro
Rocoso
Saturado
Calidad del suelo
Frtil
X Semifrtil Clase VII, fertilidad de media a baja destinada
principalmente para pastos.
Erosionado
Otro (especifique)
Saturado
Permeabilidad del suelo
X Altas El agua se infiltra fcilmente en el suelo. Los
charcos de lluvia desaparecen rpidamente.
Medias
El agua tiene ciertos problemas para infiltrarse en
el suelo. Los charcos permanecen algunas horas
despus de que ha llovido.
Bajas El agua queda detenida en charcos por espacio de
das. Aparecen aguas estancadas.
Condiciones de drenaje
Muy buenas No existen estancamientos de agua, an en poca
de lluvias
X Buenas
Existen estancamientos de agua que se forman
durante las lluvias, pero que desaparecen a las
pocas horas de cesar las precipitaciones.
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Malas
Las condiciones son malas. Existen
estancamientos de agua, an en pocas cuando no
llueve
Hidrologa.
Fuentes
X Agua superficial Ro Malacatos
Agua subterrnea
Agua de mar
Ninguna
Nivel fretico
X Alto 25 m.
Profundo
Precipitaciones
Altas Lluvias fuertes y constantes
X Medias Lluvias en poca invernal o espordica.
Bajas Casi no llueve en la zona
Aire.
Calidad del aire
Pura No existen fuentes contaminantes que lo alteren
X Buena
El aire es respirable, presenta malos olores en
forma espordica o en alguna poca del ao. Se
presentan irritaciones leves en ojos y garganta.
Mala
El aire ha sido poludo. Se presentan constantes
enfermedades bronquio-respiratorias. Se verifica
irritacin en ojos, mucosas y garganta.
Recirculacin de aire: X Muy Buena Brisas ligeras y constantes Existen frecuentes
vientos que renuevan la capa de aire.
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Buena Los vientos se presentan slo en ciertas pocas y
por lo general son escasos.
Mala
Ruido
Bajo No existen molestias y la zona transmite calma.
X Tolerable Ruidos admisibles o espordicos. No hay mayores
molestias para la poblacin y fauna existente.
Ruidoso
Ruidos constantes y altos. Molestia en los
habitantes debido a intensidad o por su frecuencia.
Aparecen sntomas de sordera o de irritabilidad.
Caracterizacin del Medio Bitico.
Ecosistema.
Pramo
Bosque pluvial
X Bosque nublado Segn (Sierra et al., 1999) Matorral hmedo
montano
Bosque seco tropical
Ecosistemas marinos
Ecosistemas lacustres
Flora.
Tipo de cobertura
Vegetal
Bosques
Arbustos
Pastos
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Cultivos
Matorrales
X Sin vegetacin Zona netamente residencial
Importancia de la
Cobertura vegetal:
Comn del sector
Rara o endmica
En peligro de
extincin
Protegida
X Intervenida Zona netamente residencial
Usos de vegetacin:
Alimenticio
Comercial
Medicinal
X Ornamental Kikuyo, flor de rey, cipre, pino
Construccin
Fuente de semilla
Mitolgico
Otro (especifique):
Fauna silvestre.
Tipologa
X Microfauna Escarabajos, araas
X Insectos Mariposas, avispas, abejas, grillos, hormigas
Anfibios
Peces
X Reptiles Lagartijas
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X Aves Gallinazo, paloma, chilalos, chirocas, charros,
chingolos
X Mamferos Perros, gatos, ratas de campo, rata comn
Importancia
X Comn
Rara o nica especie
Frgil
En peligro de
extincin
Caracterizacin del Medio Socio-Cultural
Demografa.
Nivel de consolidacin
del rea de influencia:
X Urbana Sector La Argelia, Av. Po Jaramillo Alvarado y
Renaul
Perifrica
Rural
Tamao de la poblacin
Entre 0 y 1.000 habitantes
X Entre 1.001 y 10.000 habitantes
Entre 10.001 y 100.000 habitantes
Ms de 100.00 habitantes
Caractersticas tnicas
de la Poblacin
X Mestizos
Indgena
Negros
Otro (especificar):
Infraestructura social.
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Abastecimiento de agua
X Agua potable UMAPAL.
X Conexin domiciliaria
Agua de lluvia
Grifo pblico
X Servicio permanente UMAPAL
Racionado
Banquero
Acarreo manual
Ninguno
Evacuacin de aguas
servidas
X Alcantarillado sanitario UMAPAL
Alcantarillado Pluvial
Fosas spticas
Letrinas
Ninguno
Evacuacin de aguas
lluvias
X Alcantarillado Pluvial UMAPAL
Drenaje superficial
Ninguno
Desechos slidos
Barrido y recoleccin
Botadero a cielo abierto
X Relleno sanitario Ubicado en la zona de Chontacruz
Otro (especificar)
Electrificacin
X Red energa elctrica Empresa elctrica regional del sur (EERSA)
Plantas elctricas
Ninguno
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Transporte pblico
X Servicio Urbano 24 de Mayo, Urbaexpress, Cuxibamba
X Servicio intercantonal Cooperativas: Loja, Cariamanga, Catamayo,
Viajeros, Nambija, etc
Rancheras
Canoa
X Otro (especifique) Servicio de taxis y camionetas
Vialidad y accesos
X Vas principales
X Vas secundarias
Caminos vecinales
X Vas urbanas
Otro (especifique)
Telefona
X Red domiciliaria Corporacin Nacional de Telecomunicaciones
(CNT)
X Cabina pblica Porta, Movistar y Alegro
Ninguno
Actividades socio-econmicas.
Aprovechamiento y
uso de la tierra
X Residencial Netamente residencial
Comercial
X Recreacional Canchas deportivas de la Universidad Nacional
de Loja
Productivo
Baldo
Otro (especificar)
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Tenencia de la tierra:
X Terrenos privados Pertenecientes a personas naturales
Terrenos comunales
Terrenos
municipales
Terrenos estatales
Organizacin social.
X Primer grado Comunal, Barrial
X Segundo grado Precooperativas, cooperativas
X Tercer grado Asociaciones, federaciones, unin de organizaciones
Otra
Aspectos culturales.
Lengua
X Castellano
Nativa
Otro (especificar)
Religin
X Catlicos
Evanglicos
Otra (especifique)
Tradiciones
Ancestrales
X Religiosas Navidad, Semana Santa, Llegada de la
Virgen, da de los difuntos
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X Populares 18 de noviembre, ao nuevo, feria
internacional de Loja, carnaval
Otras (especifique)
4. MEDIO PERCEPTUAL
Paisaje
Paisaje y turismo
X Zonas con valor paisajstico Parque Universitario Francisco
Vivar Castro
X Atractivo turstico
Parque Universitario Francisco
Vivar Castro y el Jardn botnico
Reinaldo Espinoza
X Recreacional Parque Lineal La Tebaida
Otro (especificar)
Riesgos Naturales e inducidos.
Peligro de
Deslizamientos Inminente
X Nulo
5. ANLISIS DEL COMPONENTE AMBIENTAL
Probables Impactos Ambientales del proyecto
IMPACTOS
AMBIENTALES
PROBABLES
POSITIVOS NEGATIVOS
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Generacin de residuos
slidos. X
Vertidos de grasas y
aceites en el sistema de
alcantarillado.
X
Derrames de aceites y
combustibles. X
Falta de sealizacin. X
Generacin de Empleo X
Aumento en la economa
local X
Servicio a la comunidad X
Accidentes producidos
por descuido, impericia
y mala utilizacin de la
maquinaria y equipos.
X
Desperdicio de agua. X
Medidas Ambientales propuestas para las probables afectaciones ambientales.
MEDIDAS
AMBIENTALES
PROPUESTAS
Clasificacin de los desechos en tres contenedores, en donde se ubicarn los
desechos biodegradables, no biodegradables y peligrosos.
Construccin de trampas de grasas y de aceites.
Utilizacin de materiales absorbentes, para derrames de menor consideracin.
Colocacin de avisos informativos como entrada, salida, bodegas, gerencia,
extintores de incendios, botiqun de primeros auxilios.
Charlas informativas dirigidas a los trabajadores, acerca de la buena utilizacin
de la maquinaria y equipos.
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Implementar un programa de salud ocupacional para la prevencin y control de
riesgos para los trabajadores.
Implementar un sistema de reutilizacin del agua para la lubricadora.
6. FIRMAS RESPONSABLES
7. CASILLERO RESERVADO AA
AUTORIDAD AMBIENTAL
Ing. Manolo Abarca
DIRECTOR DE MEDIO AMBIENTE
LUGAR Y FECHA
Loja 29 de Junio del 2010
Sr. Maya Mara Mrquez
Representante legal
Ing. Ral Alexis Sinche Freire
Consultor Ambiental
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1. INTRODUCCIN
El incremento del parque automotor en la ciudad de Loja en los ltimos aos, ha originado la
construccin de Lavadoras y Lubricadoras, para brindar un servicio a la comunidad, que
necesitan de esta prestacin, ya que estos sitios poseen herramientas y personal apto para
realizar este trabajo. A la vez que se brinda un servicio tambin se busca generar utilidades
para el inversionista o dueo de la misma, el mismo que contribuye de forma positiva, a
generar fuentes de empleo apoyando al desarrollo del pas.
Es as como la propietaria de la Lubricadora, preocupada por la conservacin del medio
ambiente y de minimizar los impactos al ambiente, ha determinado la importancia de formular
el Plan de Manejo Ambiental para la misma, este estudio se realiza con el fin de identificar y
evaluar los impactos ambientales para tomar acciones y medidas preventivas de mitigacin y
contingencias, aun cuando la mayora de los impactos previstos no son graves ni
significativos debido a que el proyecto se ubica en un sector netamente urbano consolidado de
la ciudad de Loja.
Con los antecedentes mencionados se formula el presente proyecto, el cual se lo ha planteado
en base a especificaciones tcnicas definidas en el Plan de Manejo Ambiental (PMA), con el
objetivo de reducir los impactos negativos tanto en las fases de operacin como en el
mantenimiento del mismo. En este se incluyen programas de prevencin, mitigacin,
compensacin y control de impactos negativos.
2. OBJETIVOS
2.1. Objetivo General
Identificar e interpretar los impactos ambientales tanto beneficiosos como
perjudiciales, logrando con medidas de control y seguimiento el desarrollo
equilibrado entre las principales actividades realizadas por la lubricadora y
el ambiente.
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2.2. Objetivos Especficos
Identificar y evaluar los posibles impactos que se ocasionen durante las
fases de operacin y mantenimiento de la Lubricadora.
Determinar las medidas ambientales para prevenir, controlar, mitigar y
rehabilitar el deterioro del ambiente producidos por el proyecto.
Establecer un Plan de Manejo acorde con las exigencias del Gobierno
Provincial de Loja, con las alternativas para mejorar la implementacin del
proyecto, para que las actividades que se desarrollan en la Lubricadora sean
ambientalmente seguras y socialmente responsables.
3. JUSTIFICACIN
Muchas de las actividades que realizan las empresas privadas generan en si impactos
ambientales tanto negativos como positivos, de ah parte la necesidad de mitigar estos
tcnicamente, por lo cual la representante legal de la lubricadora se plantea contar con un Plan
de Manejo Ambiental (PMA), con el objetivo de reducir los impactos negativos presentes en
las fases de operacin y mantenimiento del mismo y a su vez obtener el respectivo permiso
ambiental para seguir aportando al desarrollo local de su empresa, logrando con esto una
armona entre el espacio natural y el construido.
4. RESPONSABLE
El responsable del cumplimiento de las acciones de prevencin, mitigacin, control y
compensacin de impactos ambientales ser el representante legal del proyecto.
5. ALCANCE
El Plan de Manejo Ambiental parte de la identificacin de los componentes ambientales
actuales del rea de influencia del proyecto y del anlisis de sus actividades; para determinar
la posible magnitud de la afectacin biofsica y socioambiental causada por su ejecucin, lo
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cual permitir definir medidas pertinentes para prevenir, controlar, mitigar y compensar los
impactos ambientales.
Se considera las estipulaciones de la normativa ambiental vigente en el pas, en la Ley de
Gestin Ambiental, el Texto Unificado de Legislacin Secundaria de Ministerio del Ambiente
(TULAS), la Ordenanza que Regula el Procedimiento de Evaluacin de Impactos Ambientales
Generados por Obras, Actividades o Proyectos de Alcance Provincial, y otros cuerpos
jurdicos aplicables a los diferentes mbitos de competencia que incluye el proyecto.
6. CARACTERIZACIN DE RIESGOS PRESENTES EN LA LUBRICADORA
La lubricadora en si no provoca riesgos significativos, ya que se considera como un proyecto
de Categora A y de bajo impacto, pero se considerar durante las etapas de operacin y
mantenimiento a las personas que se encuentren trabajando, las cuales tomaran todas las
medidas del caso, para prevenir cualquier situacin de riesgo; tales medidas se encuentran
contempladas dentro del Plan de Manejo Ambiental.
Los principales accidentes que se pueden presentar son los laborales, durante el desempeo de
las actividades que involucra el lavado de los carros, cambio de aceites, disposicin de aceites
usados, entre otros, para lo cual se disear el programa de seguridad y salud ocupacional con
la finalidad de garantizar las condiciones de trabajo saludables tanto para los empleados,
propietarios y clientes.
Los riesgos que se pudiesen generar hacia terceros son los relacionados con las contingencias
como: incendios y explosiones, debido a que en el sector donde se ubica el proyecto es un rea
poblada, se proceder a proponer un programa de contingencias en el plan de manejo
ambiental para evitar posibles incidentes de esta ndole.
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7. MARCO REFERENCIAL, LEGAL, ADMINISTRATIVO Y AMBIENTAL
CONSTITUCIN DEL ECUADOR.
En el Art. 3 numeral 4 y 5 manifiestan que se debe preservar el crecimiento sustentable de la
economa, y el desarrollo equilibrado y equitativo en beneficio colectivo; as como erradicar la
pobreza y promover el progreso econmico, social y cultural de sus habitantes.
En el Art. 14 se reconoce el derecho de la poblacin a vivir en un ambiente sano y
ecolgicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir.
En el Art. 15 se establece que el Estado promover en el sector pblico el uso de tecnologas
limpias y de bajo impacto.
En el Art. 71 prrafo tres se establece que el Estado incentivar a las personas naturales y
jurdicas, y a los colectivos, para que protejan la naturaleza, y promover el respeto a todos los
elementos que forman un ecosistema.
El Art. 72 prrafo uno establece que la naturaleza tiene derecho a la restauracin. Esta
restauracin ser independiente de la obligacin que tienen el Estado y las personas naturales
o jurdicas de Indemnizar a los individuos y colectivos que dependan de los sistemas naturales
afectados.
El Art. 83, numeral 6 establece respetar los derechos de la naturaleza, preservar un ambiente
sano y utilizar los recursos naturales de modo racional, sustentable y sostenible.
El Art. 263, establece que los gobiernos provinciales tendrn las siguientes competencias
exclusivas, sin perjuicio de las otras que determine la ley, en el numeral 4 manifiesta la
gestin ambiental provincial.
El Art. 264, establece que los gobiernos municipales tendrn las siguientes competencias
exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley, en el numeral 4 manifiesta prestar los
servicios pblicos de agua potable, alcantarillado, depuracin de aguas residuales, manejo de
desechos slidos, actividades de saneamiento ambiental y aquellos que establezca la ley.
El Art. 395, numeral 3 establece que el Estado garantizar la participacin activa y
permanente de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades afectadas, en la
planificacin, ejecucin y control de toda actividad que genere impactos ambientales.
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El Art. 411, establece que el Estado garantizar la conservacin, recuperacin y manejo
integral de los recursos hdricos, cuencas hidrogrficas y caudales ecolgicos asociados al
ciclo hidrolgico. Se regular toda actividad que pueda afectar la calidad y cantidad de agua, y
el equilibrio de los ecosistemas, en especial en las fuentes y zonas de recarga de agua.
El Art. 412, establece que la autoridad a cargo de la gestin del agua ser responsable de su
planificacin, regulacin y control. Esta autoridad cooperar y se coordinar con la que tenga
a su cargo la gestin ambiental para garantizar el manejo del agua con un enfoque
ecosistmico.
El Art. 413, establece que el Estado promover la eficiencia energtica, el desarrollo y uso de
prcticas y tecnologas ambientalmente limpias y sanas, as como de energas renovables,
diversificadas, de bajo impacto y que no pongan en riesgo la soberana alimentaria, el
equilibrio ecolgico de los ecosistemas ni el derecho al agua.
CONVENIOS INTERNACIONALES EN MATERIA AMBIENTAL.
Algunos Convenios Internacionales en materia ambiental han contribuido mucho al proceso de
concienciacin y a una aceleracin de polticas estatales positivas para el ambiente en muchos
pases. Hasta la fecha se han celebrado casi 90 tratados o Convenios Internacionales
Multilaterales en materia Ambiental. (Jaquenod, 2003).
Tratado Internacional es un contrato o compromiso entre Estados y otros sujetos de Derecho
Internacional u organizaciones supraestatales. Entre los numerosos actos jurdicos
internacionales relativos a la regulacin de los recursos naturales y el ambiente en general,
pueden sintetizarse: (Jaquenod, 2003).
Convenio sobre la Biodiversidad
Rio de Janeiro 05-06-92
Tiene como objetivo la conservacin de la biodiversidad, la utilizacin sostenible de sus
componentes y la participacin justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la
utilizacin de los recursos genticos.
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Patrimonio mundial, cultural y natural
Paris 23-11-72
El objetivo es la obligacin de cada uno de los Estados parte identificar, proteger, conservar,
rehabilitar y transmitir a las generaciones futuras el patrimonio cultural y natural situado en su
territorio.
Convenio sobre el control de la eliminacin y el transporte transfronterizo
de residuos peligrosos
Basilea 22-03-89
El Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos
peligrosos y su eliminacin, considera que los desechos peligrosos y sus movimientos
transfronterizos pueden causar daos a la salud humana y al ambiente.
Convencin sobre cambio climtico
Rio de Janeiro 05-06-92
El objetivo se centra en lograr la estabilizacin de los gases de efecto invernadero en la
atmsfera a un nivel que no resulte peligroso para el sistema climtico.
Convenio sobre Evaluacin de Impacto Ambiental en un contexto
transfronterizo
Espo 25-02-91
Las partes de este Convenio conscientes de la incidencia reciprocas de las actividades
econmicas y de sus consecuencias sobre el ambiente, resuelven reafirmar la cooperacin
internacional en el campo de la EIA, especialmente en un contexto transfronterizo.
Protocolo de Kyoto
El objetivo de este Protocolo es: conseguir reducir un 5,2% las emisiones de gases de efecto
invernadero globales sobre los niveles de 1990 para el periodo 2008-2012. Este es el nico
mecanismo internacional para empezar a hacer frente al cambio climtico y minimizar sus
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impactos. Para ello contiene objetivos legalmente obligatorios para que los pases
industrializados reduzcan las emisiones de los 6 gases de efecto invernadero de origen humano
como dixido de carbono (CO2), metano (CH4) y xido nitroso (N2O), adems de tres gases
industriales fluorados: hidrofluorocarbonos (HFC), perfluorocarbonos (PFC) y hexafluoruro
de azufre (SF6). Es as que en el Ecuador, las instituciones e industrias pblicas y privadas,
utilizarn alternativas de produccin que contribuyan a la eliminacin de los gases de efecto
invernadero.
Convenio de Rtterdam sobre Productos Qumicos Peligrosos
Es un acuerdo multilateral, cuyo objetivo es de promover la responsabilidad compartida y los
esfuerzos conjuntos de las Partes en la esfera del comercio internacional de ciertos productos
qumicos peligrosos, a fin de proteger la salud humana y el medio ambiente frente a posibles
daos y contribuir a su utilizacin ecolgicamente racional, facilitando el intercambio de
informacin acerca de sus caractersticas, estableciendo un proceso nacional de adopcin de
decisiones sobre su importacin y exportacin y difundiendo esas decisiones a las Partes. En
otras palabras, este Convenio permite a la comunidad mundial vigilar y controlar el comercio
de determinados productos qumicos peligrosos.
LEY DE GESTIN AMBIENTAL.
CAPITULO II
DE LA EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL Y DEL CONTROL
AMBIENTAL
Art. 19.- Las obras pblicas privadas o mixtas y los proyectos de inversin pblicos o
privados que puedan causar impactos ambientales, sern calificados previamente a su
ejecucin, por los organismos descentralizados de control, conforme el Sistema nico de
Manejo Ambiental, cuyo principio rector ser el precautelatorio.
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Art. 20.- Para el inicio de toda actividad que suponga riesgo ambiental se deber contar con la
licencia respectiva, otorgada por el Ministerio del ramo.
Art. 21.- Los Sistemas de manejo ambiental incluirn estudios de lnea base; evaluacin del
impacto ambiental, evaluacin de riesgos; planes de manejo; planes de manejo de riesgo;
sistemas de monitoreo; planes de contingencia y mitigacin; auditoras ambientales y planes
de abandono. Una vez cumplidos estos requisitos y de conformidad con la calificacin de los
mismos, el Ministerio del ramo podr otorgar o negar la licencia correspondiente.
Art. 22.- Los sistemas de manejo ambiental en los contratos que requieran estudios de impacto
ambiental y en las actividades para las que se hubiere otorgado licencia ambiental, podrn ser
evaluados en cualquier momento, a solicitud del Ministerio del ramo o de las personas
afectadas.
La evaluacin del cumplimiento de los planes de manejo ambiental aprobados se le realizar
mediante la auditora ambiental, practicada por consultores previamente calificados por el
Ministerio del ramo, a fin de establecer los correctivos que deban hacerse.
Art. 23.- La evaluacin del impacto ambiental comprender:
a) La estimacin de los efectos causados a la poblacin humana, la biodiversidad, el suelo, el
aire, el agua el paisaje y la estructura y funcin del los ecosistemas presentes en el rea
previsiblemente afectada;
b) Las condiciones de tranquilidad pblicas, tales como: ruido, vibraciones, olores, emisiones
luminosas, cambios trmicos y cualquier otro perjuicio ambiental derivado de su ejecucin; y,
c) La incidencia que el proyecto, obra o actividad tendr en los elementos que componen el
patrimonio histrico, escnico y cultural.
Art. 24.- En obras de inversin pblicas o privadas, las obligaciones que se desprendan del
sistema de manejo ambiental, constituirn elementos del correspondiente contrato. La
evaluacin del impacto ambiental, conforme al reglamento especial ser formulada y
aprobada, previamente a la expedicin de la autorizacin administrativa emitida por el
Ministerio del ramo.
Art. 25.- La Contralora General del Estado, podr en cualquier momento, auditar los
procedimientos de realizacin y aprobacin de los estudios y evaluaciones de impacto
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ambiental, determinando la validez y eficacia de stos, de acuerdo con la Ley y su Reglamento
Especial. Tambin lo har respecto de la eficiencia, efectividad y economa de los planes de
prevencin, control y mitigacin de impactos negativos de los proyectos, obras o actividades.
Igualmente podr contratar a personas naturales o jurdicas privadas para realizar los procesos
de auditora de estudios de impacto ambiental.
Art. 26.- En las contrataciones que, conforme a esta Ley deban contar con estudios de impacto
ambiental los documentos precontractuales contendrn las especificaciones, parmetros,
variables y caractersticas de esos estudios y establecern la obligacin de los contratistas de
prevenir o mitigar los impactos ambientales. Cuando se trate de concesiones, el contrato
incluir la correspondiente evaluacin ambiental que establezca las condiciones ambientales
existentes, los mecanismos para, de ser el caso, remediarlas y las normas ambientales
particulares a las que se sujetarn las actividades concesionadas.
Art. 27.- La Contralora General del Estado vigilar el cumplimiento de los sistemas de
control aplicados a travs de los reglamentos, mtodos e instructivos impartidos por las
distintas instituciones del Estado, para hacer efectiva la auditora ambiental. De existir indicios
de responsabilidad se proceder de acuerdo a la ley.
CAPITULO III
DE LOS MECANISMOS DE PARTICIPACION SOCIAL.
Art. 28.- Toda persona natural o jurdica tiene derecho a participar en la gestin ambiental, a
travs de los mecanismos que para el efecto establezca el Reglamento, entre los cuales se
incluirn consultas, audiencias pblicas, iniciativas, propuestas o cualquier forma de
asociacin entre el sector pblico y el privado. Se concede accin popular para denunciar a
quienes violen esta garanta, sin perjuicios de la responsabilidad civil y penal por acusaciones
maliciosamente formuladas.
El incumplimiento del proceso de consulta al que se refiere el artculo 88 de la Constitucin
Poltica de la Repblica tornar inejecutable la actividad de que se trate y ser causal de
nulidad de los contratos respectivos.
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Art. 29.- Toda persona natural o jurdica tiene derecho a ser informada oportuna y
suficientemente sobre cualquier actividad de las instituciones del Estado que conforme al
Reglamento de esta Ley, pueda producir impactos ambientales. Para ello podr formular
peticiones y deducir acciones de carcter individual o colectivo ante las autoridades
competentes.
LEY DE PREVENCIN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIN AMBIENTAL.
Esta ley de carcter especial fue promulgada en el ao de 1976, a partir de la ratificacin y
aprobacin del Convenio Internacional de Estocolmo por parte del Ecuador, en el transcurso
del tiempo ha sufrido una serie de modificaciones y codificaciones pero que an se mantiene
vigente y entre sus principales aspectos tenemos los siguientes:
Habla sobre la prevencin y control de la contaminacin del aire y seala que las emisiones,
descargas que se hagan a la atmsfera, se deben sujetar a las correspondientes normas tcnicas
y regulaciones, contenidas en otros cuerpos legales y normas de aplicacin ambiental. En
cuanto a la prevencin y control de la contaminacin de las aguas, esta ley es clara en decir
que las descargas de agua domstica e industrial se la debe hacer bajo cumplimiento de
normas tcnicas y sus distintas regulaciones as como el cumplimiento de otras normas y
reglamentos especiales creados para el efecto. Como se puede observar esta ley lo que
pretende es salvaguardar la salud humana en cuanto a calidad del agua superficial, del aire y
del suelo, como factores ambientales importantes para el desarrollo humano.
LEY DE PATRIMONIO CULTURAL.
Esta ley establece las funciones y atribuciones del Instituto de Patrimonio Cultural para
precautelar la propiedad del Estado sobre los bienes arqueolgicos que se encontraren en el
suelo o el subsuelo y en el fondo marino del territorio ecuatoriano segn lo sealado por el
artculo 9 de la ley. Segn el artculo 30 de esta ley, hablando de obras pblicas o privadas en
el caso de hallazgos arqueolgicos se deber informar al Instituto de Patrimonio Cultural y
suspender las labores en el sitio.
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LEY DE AGUAS.
Art. 22.- Prohbase toda contaminacin de las aguas que afecte a la salud humana o al
desarrollo de la flora o de la fauna.
El Consejo Nacional de Recursos Hdricos, en colaboracin con el Ministerio de Salud Pblica
y las dems entidades estatales, aplicar la poltica que permita el cumplimiento de esta
disposicin.
Se concede accin popular para denunciar los hechos que se relacionan con contaminacin de
agua. La denuncia se presentar en la Defensora del Pueblo.
Art. 39.- Las concesiones de agua para consumo humano, usos domsticos y saneamientos de
poblaciones, se otorgarn a los Municipios, Consejos Provinciales, Organismos de Derecho
Pblico o Privado y particulares, de acuerdo a las disposiciones de esta Ley.
LEY ORGNICA DE REGIMEN PROVINCIAL.
Esta ley da ciertas responsabilidades, obligaciones y deberes a los Consejos Provinciales del
pas, entre los ms importantes estn:
Prestar servicios pblicos de inters provincial directamente o en colaboracin con los
organismos del estado o de las municipalidades;
Coordinar la accin de las municipalidades de la provincia, para fines de progreso
comn;
Atender y vigilar el estado sanitario de la provincia y propender a su mejoramiento, a
travs de una accin conjunta con los organismos estatales, con los consejos
municipales y con las juntas parroquiales de su jurisdiccin;
Los consejos provinciales efectuarn su planificacin siguiendo los principios de
conservacin, desarrollo y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales.
LEY ORGNICA DE REGIMEN MUNICIPAL.
Esta ley determina las responsabilidades, funciones y obligaciones de los municipios del pas,
entre las ms importantes estn:
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Le corresponde satisfacer las necesidades colectivas del vecindario, especialmente las
derivadas de la convivencia urbana;
Procura el bienestar material y social de la colectividad y contribuir al fomento y
proteccin de los intereses locales;
Promover el desarrollo econmico, social medio ambiental y cultural dentro de su
jurisdiccin;
Dotacin de sistemas de agua potable y alcantarillado;
Construccin, mantenimiento, aseo, embellecimiento y reglamentacin del uso de
caminos, calles, plazas y dems espacios pblicos;
Recoleccin, procesamiento o utilizacin de residuos;
Regular el uso de la va pblica en reas urbanas y suburbanas de las cabeceras
cantonales y en las reas urbanas de las parroquias rurales del cantn;
Prevenir y controlar la contaminacin del medio ambiente en coordinacin con las
entidades afines.
TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIN AMBIENTAL SECUNDARIA (TULAS).
Es una recopilacin, ordenamiento y conjuncin de varias leyes ambientales en un solo cuerpo
legal, determina o seala que la autoridad ambiental en el pas es el Ministerio del Ambiente,
que es el organismo encargado de dirigir la gestin ambiental a travs de polticas, normas e
instrumentos de fomento y control y con ello asegurar el derecho de los ecuatorianos a vivir en
un ambiente sano ecolgicamente equilibrado y libre de contaminacin. Por otro lado seala
que el Ministerio del Ambiente ser el organismo que liderara el Sistema Nacional
Descentralizado de Gestin Ambiental (SNDGA).
El TULAS en el libro VI, Ttulo I, Artculo 1, reglamenta el Sistema nico de Manejo
Ambiental, referente a: marco institucional, mecanismos de coordinacin interinstitucional y
los elementos del subsistema de Evaluacin de Impactos Ambientales, as como los
procedimientos de impugnacin, suspensin, revocatoria y registro de licencias ambientales; y
los mecanismos de participacin ciudadana.
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DECRETO N 1040
REGLAMENTO DE APLICACIN DE LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIN
SOCIAL ESTABLECIDOS EN LA LEY DE GESTIN AMBIENTAL.
TITULO III
DE LA PARTICIPACIN SOCIAL
Art. 6.- DE LA PARTICIPACION SOCIAL: La participacin social tiene por objeto el
conocimiento, la integracin y la iniciativa de la ciudadana para fortalecer la aplicacin de un
proceso de evaluacin de impacto ambiental y disminuir sus mrgenes de riesgo e impacto
ambiental.
Art. 7.- AMBITO: La participacin social se desarrolla en el marco del procedimiento De la
Evaluacin de Impacto Ambiental y de Control Ambiental, del Captulo II, Ttulo III de La
Ley de Gestin Ambiental.
Art. 9.- ALCANCE DE LA PARTICIPACION SOCIAL: La participacin social es un
elemento transversal y trascendental de la gestin ambiental. En consecuencia, se integrar
principalmente durante las fases de toda actividad o proyecto propuesto, especialmente las
relacionadas con la revisin y evaluacin de impacto ambiental.
La participacin social en la gestin ambiental tiene como finalidad considerar e incorporar
los criterios y las observaciones de la ciudadana, especialmente la poblacin directamente
afectada de una obra o proyecto, sobre las variables ambientales relevantes de los estudios de
impacto ambiental y planes de manejo ambiental, siempre y cuando sea tcnica y
econmicamente viable, para que las actividades o proyectos que puedan causar impactos
ambientales se desarrollen de manera adecuada, minimizando y/o compensando estos
impactos a fin de mejorar la condiciones ambientales para la realizacin de la actividad o
proyecto propuesto en todas sus fases.
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REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES Y
MEJORAMIENTO DEL MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO.
El presente reglamento determina las disposiciones que se aplicarn a toda actividad laboral y
en todo centro de trabajo, teniendo como objetivo la prevencin, disminucin o eliminacin de
los riesgos del trabajo y el mejoramiento del medio ambiente de trabajo. Dentro de esto se
hace referencia a las instituciones responsables de vigilar las condiciones en las que se realizan
las actividades laborales, as como sancionar a los responsables por la infraccin a alguna de
las normas previstas en este reglamento.
Adems estipula las obligaciones de los trabajadores, las condiciones generales de seguridad
que deben existir en las instalaciones de trabajo, los servicios permanentes, las instalaciones
provisionales en campamentos, construcciones y dems trabajos al aire libre que deben existir
en los centros de trabajo. Especficamente en el Captulo V se hace mencin al medio
ambiente y riesgos laborales por factores fsicos, qumicos y biolgicos, en donde se
determina las condiciones generales ambientales: ventilacin, temperatura, humedad, calor,
carga de trabajo, niveles de ruido permisibles y vibraciones, iluminacin, riesgos por txicos,
riegos biolgicos, vertidos, desechos y contaminacin ambiental que en este casos sern
regulados por la leyes ambientales existentes en el Ecuador.
Tambin hace mencin al mantenimiento de la maquinaria y la forma de uso, el transporte de
materiales peligrosos como no peligrosos, almacenamiento, distribucin de productos,
prevencin de incendios, sealizacin de seguridad, proteccin, incentivos, responsabilidades
y sanciones para el personal que labora en la industria.
ORDENANZA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIN DE
IMPACTOS AMBIENTALES GENERADOS POR OBRAS, PROYECTOS O
ACTIVIDADES DEL ALCANCE PROVINCIAL Y SU REGLAMENTO DE
APLICACIN.
Se acredita al Honorable Consejo Provincial de Loja ante el Sistema nico de Manejo Ambiental
(SUMA), para la utilizacin del sello del SUMA por el periodo de tres aos, para otorgar
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licencias ambientales para la ejecucin de proyectos de su jurisdiccin territorial, cuya ubicacin
no se encuentre total o parcialmente dentro de los lmites del Patrimonio Natural de reas
Naturales y Patrimonio Forestal, Bosques y vegetacin Protectoras del Estado, ni estn
comprendidas en lo establecido en el artculo 12 del SUMA, 10 de las 12 competencias de la
matriz del acuerdo ministerial 106, correspondiente a Calidad Ambiental.
CODIGO PENAL DEL ECUADOR.
CAPITULO X-A
DE LOS DELITOS CONTRA EL MEDIO AMBIENTE
Nota: Captulo agregado por Ley No. 49, publicada en Registro Oficial 2 de 25 de Enero del
2000.
Art. 437-A.- Quien, fuera de los casos permitidos por la ley, produzca, introduzca, deposite,
comercialice, tenga en posesin, o use desechos txicos peligrosos, sustancias radioactivas, u
otras similares que por sus caractersticas constituyan peligro para la salud humana o degraden
y contaminen el medio ambiente, sern sancionados con prisin de dos a cuatro aos.
Igual pena se aplicar a quien produzca, tenga en posesin, comercialicen introduzca armas
qumicas o biolgicas.
Art. 437-B.- El que infringiere las normas sobre proteccin del ambiente, vertiendo residuos
de cualquier naturaleza, por encima de los lmites fijados de conformidad con la ley, si tal
accin causare o pudiere causar perjuicio o alteraciones a la flora, la fauna, el potencial
gentico, los recursos hidrobiolgicos o la biodiversidad, ser reprimido con prisin de uno a
tres aos, si el hecho no constituyere un delito ms severamente reprimido.
Art. 437-C.- La pena ser de tres a cinco aos de prisin, cuando:
a) Los actos previstos en el artculo anterior ocasionen daos a la salud de las personas o a sus
bienes;
b) El perjuicio o alteracin ocasionados tengan carcter irreversible;
c) El acto sea parte de actividades desarrolladas clandestinamente por su autor; o,
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d) Los actos contaminantes afecten gravemente recursos naturales necesarios para la actividad
econmica.
Art. 437-D.- Si a consecuencia de la actividad contaminante se produce la muerte de una
persona, se aplicar la pena prevista para el homicidio inintencional, si el hecho no constituye
un delito ms grave.
En caso de que a consecuencia de la actividad contaminante se produzcan lesiones, impondr
las penas previstas en los artculos 463 a 467 del Cdigo Penal.
Art. 437-E.- Se aplicar la pena de uno a tres aos de prisin, si el hecho no constituyere un
delito ms severamente reprimido, al funcionario o empleado pblico que actuando por s
mismo o como miembro de un cuerpo colegiado, autorice o permita, contra derecho, que se
viertan residuos contaminantes de cualquier clase por encima de los lmites fijados de
conformidad con la ley; as como el funcionario o empleado cuyo informe u opinin haya
conducido al mismo resultado.
Art. 437-F.- El que cace, capture, recolecte, extraiga o comercialice, especies de flora o fauna
que estn legalmente protegidas, contraviniendo las disposiciones legales y reglamentarias
sobre la materia, ser reprimido con prisin de uno a tres aos.
La pena ser de prisin de dos a cuatro aos cuando:
a) El hecho se cometa en perodo de produccin de semilla o de reproduccin o crecimiento de
las especies;
b) El hecho se cometa contra especies en peligro de extincin; o,
c) El hecho se cometa mediante el uso de explosivos, sustancias txicas, inflamables o
radiactivas.
Artculo 437-G.- El que extraiga especies de flora o fauna acuticas, protegidas, en pocas,
cantidades o zonas vedadas, o utilice procedimientos de pesca o caza prohibidos, ser
reprimido con prisin de uno a tres aos.
Art. 437-H.- El que destruya, queme, dae o tale, en todo o en parte, bosques u otras
formaciones vegetales, naturales o cultivadas, que estn legalmente protegidas, ser reprimido
con prisin de uno a tres aos, siempre que el hecho no constituya un delito ms grave.
La pena ser de prisin de dos o cuatro aos cuando:
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a) Del delito resulte la disminucin de aguas naturales, la erosin del suelo o la modificacin
del rgimen climtico; o,
b) El delito se cometa en lugares donde existan vertientes que abastezcan de agua a un centro
poblado o sistema de irrigacin.
Art. 437-I.- Ser sancionado con prisin de uno a tres aos, si el hecho no constituye un
hecho ms grave, el que sin autorizacin o sin sujetarse a los procedimientos previstos en las
normas aplicables, destine las tierras reservadas como de proteccin ecolgica o de uso
agrcola exclusivo, a convertirse en reas de expansin urbana, o de extraccin o elaboracin
de materiales de construccin.
Art. 437-J.- Se aplicar la misma pena prevista en el artculo anteriores, si el hecho no
constituyere un delito ms severamente reprimido, al funcionario o empleado pblico que
actuando por si mismo o como miembro de un cuerpo colegiado, autorice o permita, contra
derecho, que se destine indebidamente las tierras reservadas como de proteccin ecolgica o
de uso agrcola exclusivo a un uso distinto de que legalmente les corresponde; as como al
funcionario o empleado cuyo informe u opinin haya conducido al mismo resultado.
Art. 437-K.- El juez penal podr ordenar, como medida cautelar, la suspensin inmediata de
la actividad contaminante, as como la clausura definitiva o temporal del establecimiento de
que se trate, sin perjuicio de lo que pueda ordenar la autoridad competente en materia
ambiental".
CAPITULO V
DE LAS CONTRAVENCIONES AMBIENTALES
Nota: Captulo agregado por Ley No. 49, publicada en Registro Oficial 2 de 25 de Enero del
2000.
Artculo 607-A.- Ser sancionado con prisin de cinco a siete das, y multa de cuarenta y
cuatro a ochenta y ocho dlares de los Estados Unidos de Norte Amrica, todo aquel que:
a) Contamine el aire mediante emanaciones superiores a los lmites permitidos de los escapes
de los vehculos;
b) Acumule basura en la va pblica, en terrenos o en los frentes de las casas o edificios;
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c) Haga ruido por falta de silenciador de su vehculo o a travs de equipos de amplificacin a
alto volumen que alteren la tranquilidad ciudadana; o,
d) Arroje desperdicios o aguas contaminantes, destruya la vegetacin de los parques o
espacios verdes, en los casos en que tales actos no constituyan delito.
Nota: Artculo agregado por Ley No. 49, publicada en Registro Oficial 2 de 25 de Enero del
2000.
Nota: Artculo reformado por Art. 178 de Ley No. 75, publicada en Registro Oficial 635 de 7
de Agosto del 2002.
CODIGO DE LA SALUD.
Art. 9.- No podr efectuarse la construccin, reparacin o modificacin de una obra
pblica o privada que, en una u otra forma, se relacione con agua potable, canalizacin o
desages, sin la aprobacin de la autoridad de salud, a la que se enviarn los planos y
memorias tcnicas respectivas, previamente a su ejecucin.
Terminadas las obras, no podrn iniciar su operacin, sin permiso previo de la autoridad
de salud, la que las inspeccionar peridicamente.
Art. 17.- Nadie podr descargar, directa o indirectamente, substancias nocivas o
indeseables en forma tal que puedan contaminar o afectar la calidad sanitaria del agua y
obstruir, total o parcialmente, las vas de suministros.
Art. 25.- Las excretas, aguas servidas, residuos industriales no podrn descargarse, directa o
indirectamente, en quebradas, ros, lagos, acequias, o en cualquier curso de agua para uso
domstico, agrcola, industrial o de recreacin, a menos que previamente sean tratados por
mtodos que los hagan inofensivos para la salud.
Art. 32.- Las municipalidades estn en la obligacin de realizar la recoleccin y disposicin
final de basuras, de acuerdo con mtodos tcnicos.
Art. 46.- La autoridad de salud ordenar la suspensin de los trabajos indicados, si se
incumpliere la disposicin del artculo anterior o se ejecutare en forma distinta a la
autorizada.
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Art. 204.- La autoridad de salud puede delegar a las municipalidades la ejecucin de
las actividades que se prescriben en este Cdigo.
Sin perjuicio del control que corresponde a las municipalidades en relacin con esta
materia, la autoridad de salud supervisar y controlar el cumplimiento de las obligaciones
respectivas. En caso de oposicin prevalecern las resoluciones de la autoridad de salud.
ORDENANZAS LOCALES
La legislacin ambiental a nivel de la ciudad y cantn Loja, ha habido ciertos avances y la
municipalidad ha elaborado y formulado una serie de ordenanzas ambientales, que en su
mayora las ha recopilado en un solo cuerpo legal denominado Recopilacin Codificada de
la Legislacin Municipal de Loja 1996-2004 que es un instrumento jurdico que aporta al
robustecimiento y transparencia de los procedimientos que regulan la convivencia urbana del
cantn Loja.
Cdigo Municipal de Higiene y Abasto, Ttulo III, de la proteccin del Medio Ambiente,
Captulo I, de los Desechos Slidos, Seccin Primera;
Artculo 148.- Manifiesta: El manejo de los desechos slidos debe orientarse a minimizar la
generacin de desechos en cantidad y toxicidad como tambin su clasificacin y reciclaje.
Artculo 149.- La disposicin final abarca la recuperacin de materiales y energa contenida
en los residuos slidos y su eliminacin previendo medidas de control para atenuar al mnimo
posible los impactos ambientales negativos; para lo cual se establece el relleno sanitario. En el
mismo Cdigo y Captulo, Seccin Segunda, Artculo 156, nos habla del tipo de desechos; as
tenemos:
a) Basura biodegradable o la que se pudre que se integra de:
1. Basura orgnica domstica y de jardines,
2. Basura orgnica de mercados, ferias, parques,
3. Papel, etc.
b) Basura no biodegradable o la que no se pudre que se integra de:
1. Vidrio,
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2. Plstico,
3. Escombros, etc
c) Basura especial o peligrosa
d) Residuos
Captulo II, Desechos Industriales;
Artculo 176.- Se considera los desperdicios lquidos, slidos, humos y gases. Los
desperdicios lquidos constituyen las aguas de desechos industriales que son arrojados al
sistema de drenaje, debern ser tratados cuando tcnicamente lo requieran a fin de no
ocasionar daos al drenaje ni al funcionamiento normal de los sistemas de tratamiento.
Desperdicios slidos constituyen los desechos de basura o desperdicios slidos de los
procesos que no podrn ser almacenados en los terrenos de las industrias, reglamentndose
esto debidamente, de acuerdo con los volmenes de desperdicios de que se trate.
En agosto del 2007, la municipalidad del cantn Loja, expide la Ordenanza Municipal de
Urbanismo, Construccin y Ornato del Cantn Loja; la misma que tiene como finalidad
establecer normas y requisitos mnimos para la convivencia urbana, mediante la regulacin y
el control de proyectos, clculos, sistemas de construccin, calidad de materiales, uso, destino
y ubicacin de las urbanizaciones y edificaciones en el cantn Loja, adems de las normas de
control y sancin para garantizar su cumplimiento; en este cuerpo legal existen algunas
consideraciones y artculos relacionados con la proteccin del medio ambiente.
En el Captulo II, nos habla de las Exigencias Tcnicas y Administrativas de las futuras
edificaciones, construcciones y/o urbanizaciones; en el Artculo 2.0.1, literal c, Relativo a la
habitabilidad, literal c.1) Higiene, Salud y Proteccin del Medio Ambiente, se seala: Que
tenga condiciones aceptables de salubridad y descontaminacin en el ambiente interior de la
edificacin y que no deteriore el medio ambiente en su entorno inmediato. El literal c.2)
Proteccin contra el ruido, se manifiesta: Que el ruido percibido no ponga en peligro la salud
de las personas y que les permita realizar satisfactoriamente sus actividades. Como podemos
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notar el Municipio de Loja a travs de esta ordenanza, lo que pretende es que las nuevas
edificaciones y/o urbanizaciones que se construyan dentro de su jurisdiccin, cuenten con
requisitos mnimos de convivencia, como es el respeto hacia las dems personas y garantizar
el derecho a contar con un medio ambiente sano, libre de contaminacin en la ciudad y cantn
Loja.
8. DESCRIPCIN DE LAS ACTIVIDADES DEL PROYECTO
8.1. Descripcin General de la Lnea Base Ambiental
El diagnstico ambiental del proyecto, se inici con la recopilacin y anlisis de informacin
secundaria existente sobre la conformacin del medio ambiente y el entorno del rea del proyecto
de la lubricadora, ya que la zona es un rea netamente urbana y alterada se tom ms en cuenta a
la informacin antes mencionada.
8.1.1. Medio Fsico
8.1.1.1. Clima
La ciudad de Loja y su entorno suburbano se encuentran ubicados al sur de la Regin Interandina
(Sierra) de la Repblica del Ecuador, en el valle de Cuxibamba, situada a 2100 m.s.n.m y a 4 de
latitud Sur; tiene una extensin de 5.186,58 ha (52 Km2).
Para el anlisis de las condiciones meteorolgicas del sitio de estudio, se tom como referencia:
la estacin agrometeorolgica La Argelia (M033), ubicada en las siguientes coordenadas
planas: 040211S y 791204W, a una altitud de 2160 msnm, la misma que se encuentra situada
dentro de la Hoya de Loja en la Universidad Nacional de Loja. La informacin de esta estacin
es la ms representativa de la zona y cubre el rea de influencia de la zona de estudio por
encontrarse ubicada en los predios de la Universidad Nacional de Loja, por lo que sus datos
tambin son considerados para el rea urbana de la ciudad.
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8.1.1.2. Temperatura
El clima de la ciudad de Loja es temperado ecuatorial subhmedo, caracterizado por una
temperatura media del aire de 16 C y una lluvia anual de 900 mm (900 litros por metro
cuadrado). Sin embargo, durante los ltimos dos aos de registro meteorolgico, 2005 y 2006,
la temperatura media de La Argelia Loja contina en ascenso, situndose en valores de 16,5
y 16,7 C, respectivamente. Por eso, considerando los valores medios de la ltima dcada,
perodo 19972006, resulta que la temperatura media de Loja asciende a 16,2 C y la
oscilacin trmica se desplaza a 1,9 C.
Los factores que dan origen al clima de la ciudad de Loja son los mismos factores que afectan
a la regin andina, especialmente la latitud y el relieve, y en trminos ms generales, la zona
de convergencia tropical (ZCIT), el efecto de la interaccin Ocano Pacficoatmsfera
(Fenmeno El Nio Oscilacin del Sur y Corriente Fra de Humboldt) y la cubierta vegetal
(Perspectivas del Medio Ambiente Urbano: GEO-Loja, 2008).
Cuadro 1. Distribucin de la temperatura media de la ciudad de Loja (Perodo 19642004). Especif. Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct Nov Dic Media Osc
Med. 40
aos
15,9 16,0 16,1 16,3 16,1 15,5 14,9 15,2 15,8 16,3 16,4 16,3 15,9 1,6
C.V. * 0,2 0,1 0,1 0,2 0,2 0,2 0,2 0,2 0,2 0,2 0,3 0,5 0,4 0,4
Max.Abs 24,9 24,7 24,6 24,7 24,8 23,7 23,1 23,9 25,1 25,9 26,0 25,8 24,8 2,9
Min. Abs 8,0 8,9 8,6 8,7 8,0 7,8 7,1 6,8 6,7 6,6 5,1 6,3 7,4 6,1
Media65
74
15,5 15,7 15,6 15,8 15,6 15,1 14,6 14,8 15,2 15,7 15,9 15,7 15,4 1,3
Media75
84
15,8 16,0 16,2 16,2 16,1 15,4 14,8 15,0 15,7 16,1 16,4 16,4 15,8 1,6
Media85
94
15,9 15,9 16,0 16,2 16,1 15,5 14,7 15,2 15,8 16,2 16,4 16,4 15,9 1,7
Media95
2004
16,1 16,1 16,3 16,4 16,2 15,7 15,1 15,6 16,2 16,7 16,6 16,3 16,1 1,6
* C.V.: coeficiente de variacin
Fuente: Instituto Nacional de Meteorologa e Hidrologa (INAMHI). 2005.
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8.1.1.3. Precipitaciones
Los valores de lluvia anual de la ciudad de Loja, en 40 aos, se han mantenido sin variaciones
significativas, fluctuando alrededor de los 900 mm/ao y con un rgimen de distribucin
bastante homogneo. Sin embargo, un anlisis ms detallado indica que llueve ms en el
perodo eneroabril (49 %, con 15 % de lluvia en marzo) y menos de la mitad de ese
cuatrimestre en el perodo junioseptiembre (22 %, siendo septiembre el mes ms seco: 4,6
%). Si se analizan las medias mensuales extremas aparecen mayores contrastes: en 40 aos se
pasa de 317 mm en marzo (1993) a 6,1 mm en agosto (2002), la precipitacin mxima
absoluta en 24 horas es de 65,4 mm (Perspectivas del Medio Ambiente Urbano: GEO-Loja,
2008).
8.1.1.4. Insolacin
El brillo solar (insolacin) del valle de Loja presenta una suma plurianual de cerca de 1600
horas, con valores ms altos en el segundo semestre del ao, en donde durante el mes de
noviembre detecta la mayor cifra (158,3 horas/mes o un promedio de 5,3 horas/da de brillo
solar sin interferencia de nubes). En cambio en el primer semestre, que corresponde al perodo
ms hmedo del valle, la insolacin oscila entre 102 y 135 horas/mes (unas 4.5 horas/da) de
brillo solar, que representa una cifra media, pero estable a lo largo del ao de este importante
meteoro que activa procesos fisiolgicos como la fotosntesis y, conjuntamente con la
humedad relativa, ofrece condiciones para el desarrollo de datos de una serie de 30 aos
(Perspectivas del Medio Ambiente Urbano: GEO-Loja, 2008).
8.1.1.5. Humedad Relativa
La humedad relativa media del aire de la ciudad de Loja es de 75 %, con fluctuaciones
extremas entre 69 % y 83 %. Hay mayor humedad atmosfrica de diciembre a junio, con
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febrero, marzo y abril como los meses con mayores cifras (78 %) y menor humedad relativa
de julio a noviembre, con agosto como el mes con cifras ms bajas (71 %). Estos valores, de
humedad relativa moderada con poca oscilacin mensual, son propicios para el desarrollo de
una gran diversidad biolgica, y muy aceptables para el confort de la vida humana
(Perspectivas del Medio Ambiente Urbano: GEO-Loja, 2008).
8.1.1.6. Viento
Las corrientes de viento que embate sobre la ciudad de Loja y la hoya, derivadas del gran
frente del Este o de los vientos alisos, sufren modificaciones locales, debido principalmente a
la accin del relieve, pero conservan en trminos generales algunas de las caractersticas
comunes del componente regional, sobre todo en cuanto a direccin y humedad. El relieve
local, aumenta la fuerza del viento y contribuye a desviar hacia el Norte la direccin Sur Este
predominante de los vientos alisos.
Con estos antecedentes, el anlisis del viento presenta las siguientes caractersticas:
El promedio anual de la velocidad del viento en el valle de Loja es de 3,2m/s; velocidad
que se puede considerar reducida y que no causa problemas para la vida vegetal ni animal
y la convivencia humana.
Durante los meses de junio, julio y agosto, se registra la mayor fuerza del viento, entre los
meses de septiembre a noviembre el viento es baja intensidad.
En el valle de Loja predominan los vientos de direccin Norte, Noreste y Este, encausados
por la apertura hidrogrfica del ro Zamora, hacia la Amazona y la ubicacin de la
plataforma meteorolgica de la Argelia, al sur del valle. Hecho que tambin contribuye a
que los vientos con menor frecuencia tengan direcciones meridionales y suroccidentales.
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8.1.1.7. Clasificacin Ecolgica
El valle de Loja, desde el punto de vista de la clasificacin de Zonas de Vida o Formaciones
Vegetales de Holdridge, pertenece a la formacin bosque seco Montano Bajo (bsMB).
Formacin que, adems de las caractersticas bioclimticas sealadas cuando se trat del clima
local, se caracteriza porque la cantidad de agua evapotranspirada durante el ao es una a dos
veces mayor que la precipitacin recibida, situacin que seala un ligero dficit de humedad
para situar a este ecosistema en la provincia de humedad subhmedo (Caadas, 1983)
(Perspectivas del Medio Ambiente Urbano: GEO-Loja, 2008).
8.1.1.8. Orografa
El actual valle de Loja fue una zona lacustre, conformada en el perodo terciario por un
pequeo lago, que se abri cerca de Salapa para dar nacimiento al actual ro Zamora.
Precisamente, alrededor del ro Zamora y sus varios afluentes, se ha conformado el actual
valle, largo y angosto (20 km x 4 km), con declive no muy pronunciado hacia al sector Norte,
relieve colinado y abierto hacia el Oeste cerrado y abrupto hacia el Este. La topografa ms o
menos plana del valle se sita al centro y llega hasta el barrio Motupe (unos 10 km de
longitud), justo donde se asienta la actual ciudad y sus barrios suburbanos septentrionales.
Este valle se encuentra encerrado por brazos de cordillera en forma de herradura, que derivan
de la cordillera Central (Real) de los Andes, en su zona ms baja, donde no supera los 3.800 m
s.n.m. (Depresin de Huancabamba): el asiento de la herradura, ubicado en el extremo
meridional, lo conforma el nudo de Cajanuma (pequea cordillera transversal que se
constituye tambin en divisoria de aguas hacia los dos ocanos), y los brazos oriental (eje
central de la cordillera Real) y occidental (contrafuerte del Villonaco).
En el valle de Loja destacan los siguientes cerros:
En la cordillera Central y sus bifurcaciones hacia el NE: el Tiro (2 700 m s.n.m.) y el
Zay (2 818 m s.n.m.)
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En el nudo de Cajanuma: el Uritusinga
En la cordillera del Villonaco: el Ducal y el Villonaco (2 946 m s.n.m.) (Perspectivas del
Medio Ambiente Urbano: GEO-Loja, 2008).
8.1.1.9. Hidrologa
La cuenca superior del ro Zamora u hoya de Loja (230 km2) es parte del gran sistema del ro
Santiago (27.425 km2 de rea drenada), afluente del MaranAmazonas y es el asiento de la
actual ciudad de Loja.
Del nudo de Cajanuma, lmite meridional del valle de Loja, nace el sistema a travs de dos
ros pequeos: el Malacatos septentrional y el Zamora Huayco (Guacunam y Pulacu en el
lenguaje de los antiguos Paltas). Estos ros se unen al norte de la ciudad de Loja, dando origen
al ro Zamora y engrosan su caudal recibiendo varios afluentes, denominados en el lenguaje
local quebradas. El afluente ms importante del ro Zamora, aguas abajo de la unin con el
Malacatos septentrional, es el ro Jipiro.
El Ro Malacatos constituye el eje principal de la hoya, nace en el nudo de Cajanuma (PNP) a
3.400 m s.n.m, su curso en la parte baja del valle tiene una pendiente de 1,2 % y una longitud
de 14 km hasta la unin con el Zamora Huayco. En su recorrido, recibe varios afluentes que
nacen de la misma cordillera Central de los Andes, uno de sus afluentes, la quebrada Curitroje,
aporta con 46 l/s al sistema de agua potable de la ciudad.
El Ro Zamora Huayco nace, al igual que el ro Malacatos septentrional, en las estribaciones
de la cordillera Central de los Andes. Est conformado por cuatro afluentes, tres de los cuales
aportan con ms del 55 % del caudal de agua cruda para la ciudad. Su curso es natural hasta la
entrada a la ciudad, recorre aproximadamente 10 km hasta la unin con el Malacatos
septentrional, con una pendiente media de 1,35 % en la parte baja.
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El Ro Jipiro nace tambin en la cordillera Central de los Andes, tiene as mismo un curso de
montaa y pendiente media en la parte baja de 1,5 %, hasta la unin con el Zamora, a lo largo
de su cauce existen dos captaciones que aportan 165 l/s al sistema de agua de la ciudad.
El Ro Zamora toma su nombre luego de la unin de los ros Malacatos y Zamora Huayco, su
caudal es importante porque al recibir el aporte de varios afluentes, entre ellos el Jipiro, en
poca de lluvias torrenciales se desborda en la llanura al norte de la ciudad provocando daos
a las reas vecinas. Este ro debe ser manejado con cuidado, respetando su curso natural. El ro
Zamora es el nico en la provincia de Loja que nace en los flancos occidentales de la
cordillera Central de los Andes y luego rompe la cordillera al norte de la ciudad de Loja, en el
sector de Jimbilla y vierte sus aguas en la cuenca amaznica, a diferencia de otros ros que
fluyen hacia el occidente y pertenecen a la cuenca del Pacfico (Perspectivas del Medio
Ambiente Urbano: GEO-Loja, 2008).
8.1.1.10. Geologa
El valle de Loja est localizado sobre una cuenca sedimentaria de origen lacustre de poca
Miocnica (26 millones de aos); las rocas ms antiguas de poca Paleoceno (65 millones de
aos), estn constituyendo el basamento de la cuenca y afloran a la superficie, alrededor de la
ciudad; (ambas pocas Mioceno y Paleoceno pertenecen al perodo terciario). Toda la
serie terciaria, incluso los depsitos cuaternarios ms recientes de este valle han sido afectados
por movimientos de compresin, que han originado levantamientos o hundimientos.
As, han aparecido pliegues ms suaves en el lado occidental de la hoya y con pronunciada
pendiente en la parte oriental, lo cual ha originado serios problemas en la construccin de
obras civiles. El valle de Loja presenta dos tipos de rocas bien diferenciadas: sedimentarias y
metamrficas.
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A la unidad estructural sedimentaria pertenecen tres tipos de rocas: arcillas, conglomerados y
areniscas, y mantos calizos. Las arcillas, de tipo esquistoso y compacto, constituyen el
material rocoso ms abundante, afloran mayormente en el flanco Este de la ciudad, sobre el
cual se han construido varias urbanizaciones en forma no planificada y antitcnica, lo que ha
originado serios problemas de deslizamientos, que han afectado a las construcciones en esta
parte de la ciudad. Los conglomerados afloran en las pendientes orientales del Sur y en las
colinas del Oeste de la ciudad, se caracterizan por ser compactos desde el punto de vista
fsicomecnico, y presentan excelentes condiciones para la construccin de obras civiles; las
areniscas se presentan en el sector Las Pitas, al Oeste de la carretera Norte.
Las rocas metamrficas, pertenecientes a la Serie Zamora, afloran hacia el borde de las dos
cordilleras que limitan la hoya de Loja, caracterizado por un relieve alto cubierto de
vegetacin. Al interior del valle existen afloramientos de poca magnitud de estas rocas,
representados por esquistos cristalinos, arcillosos, micas y grafitos (Ministerio de Recursos
Naturales y Energticos, 1975; Mora, 1997; Benavides, 2003). Estas rocas, por su constitucin
son elementos frgiles del paisaje y frecuentemente producen deslizamientos o derrumbes
(Perspectivas del Medio Ambiente Urbano: GEO-Loja, 2008).
8.1.1.11. Suelos
De acuerdo al mapa agrolgico elaborado por el Plan Hidrulico de Loja (PHILO, 1989), la
ciudad al estar ubicada en la parte baja y plana del valle, ha ocupado los mejores suelos; la
tendencia de crecimiento actual est orientada hacia los sectores occidentales donde existen
suelos de clase II, con limitaciones de pendiente. Los suelos de clases VII y VIII, se
encuentran en los flancos occidental y oriental de la ciudad y actualmente son utilizados para
pastizales y bosques naturales, especialmente en el rea del Parque Nacional Podocarpus
(PNP), y las cuencas hdricas tributarias del Zamora Huayco (Perspectivas del Medio
Ambiente Urbano: GEO-Loja, 2008).
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8.1.1.12. Aire
Los problemas ms comunes de contaminacin del aire en exteriores en los grandes centros
urbanos, son causados por la elevada concentracin de: partculas, dixido de nitrgeno y
monxido de carbono. Si bien la contaminacin del aire, la contaminacin sonora, el cambio
climtico y el agotamiento de la capa de ozono en la estratosfera afectan a la comunidad en su
conjunto, los nios, los ancianos y los sectores ms pobres son los ms vulnerables a sus
consecuencias.
La ejecucin de acciones bsicas y preventivas, con la participacin de la comunidad, traera
muchos beneficios. Mirando al futuro, es importante establecer una estrategia que parta de la
consideracin de que el desarrollo y el progreso de la sociedad descansan sobre un manejo
adecuado del ambiente. En la zona de influencia del proyecto, la calidad del aire no se encuentra
afectada considerndose esto como una ventaja para mantener un aire limpio, ya que las
actividades que se realizan en la lubricadora no afectan en nada al aire puro que se respira en la
actualidad por estar cercana a parques recreacionales que poseen una buena presencia de rboles
que funcionan como filtros mejorando el aire que se respira.
8.1.1.13. Ruido
Definido como aquel sonido no deseado que altera la audicin e impide la concentracin, es
otro elemento que siendo parte importante del medio ambiente urbano. De acuerdo con la
intensidad del ruido se considera: de 0 a 60 decibeles (dB) moderado; de 60 a 90 dB fuerte; de
90 a 110 dB muy fuerte; y sobre los 110 dB peligroso para el odo humano. Los lmites
permisibles en la ciudad son: en reas residenciales 60 dB, en zonas comerciales 70 dB y en
los sectores industriales 80 dB.
Se han realizado estudios y mediciones cerca de la zona de la lubricadora como el efectuado
en junio del 2003 por mdicos especialistas, basndose en las lesiones que sufren quienes
estn expuestos a esta forma de energa. Durante el estudio en mencin se seleccionaron
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varios sitios crticos de la ciudad, entre ellos se escogi el Redondel de La Argelia (UNL) los
resultados fueron los siguientes: la intensidad mxima fue de 45 dB en horas nocturnas; el
estudio concluye que en varios sectores de la ciudad existe un ruido patolgico y que las reas
de mayor riesgo son el casco central y otros lugares de alta congestin vehicular, como la
Terminal Terrestre, ms no en el sector de la Argelia (Perspectivas del Medio Ambiente
Urbano: GEO-Loja, 2008).
El Texto Unificado de Legislacin Ambiental Secundaria (TULAS), en el Libro VI, Anexo 5:
Lmites Permisibles de Niveles de Ruido Ambiental para fuentes fijas y fuentes mviles y para
vibraciones; presentan los siguientes niveles de ruido mximos permisibles segn el uso del
suelo:
Cuadro 2. Niveles Mximos de Ruido Permisibles Segn Uso Del Suelo.
NIVELES MXIMOS DE
RUIDO PERMISIBLES
SEGN USO DEL SUELO
TIPO DE ZONA SEGN USO
NIVEL DE PRESIN SONORA EQUIVALENTE
NPS eq [dB(A)]
DE SUELO DE 06H00 A 20H00 DE 20H00 A 06H00
Zona hospitalaria y educativa 45 35
Zona Residencial 50 40
Zona Residencial mixta 55 45
Zona Comercial 60 50
Zona Comercial mixta 65 55
Zona Industrial 70 65
Fuente: Texto Unificado de Legislacin Ambiental Secundaria (TULAS), en el Libro VI, Anexo 5.
8.1.1.14. Paisaje natural y cultural
El rea del proyecto no es considerada como un rea de valor patrimonial o cultural, ya que no
se ha detectado en ninguna parte ya sea en el rea directa o indirecta, objetos que tengan valor
este valor patrimonial.
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En cuanto al paisaje, el rea presenta un panorama de zona urbanstica consolidada, en donde
se presentan zonas alteradas por la intervencin humana.
8.1.2. Medio Bitico
Por las condiciones ambientales del sector y adems por ser un sitio urbano consolidado no se
realiz un anlisis a detalle de este componente, bsicamente las actividades ejecutadas en este
aspecto fueron realizar una visita al sector en la cual se identific de manera general la
vegetacin del lugar y adems se utiliz la informacin de fauna y flora existente en el Estudio
Perspectivas del Medio Ambiente Urbano: GEOLOJA.
8.1.2.1. Flora
De manera general, la flora en la ciudad de Loja es numerosa y abundante, no slo por los
diversos parques y plazas que posee, sino porque en las avenidas principales y en las riberas
de los dos ros Zamora Huayco y Malacatos, encontramos variedad de especies tanto exticas
como nativas (sauce llorn, fresno, sauce comn, porotillo, cucardas, ficus, etc.), las cuales
dan una vistosa cubierta verde, adems de ser un refugio importante para especies animales, en
especial aves.
Dentro del rea de influencia directa del proyecto se encuentran especies florsticas arbreas
principalmente de ornamento dentro de las cuales se encuentran:
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Cuadro 3. Especies florsticas identificadas en el rea de influencia directa de la lubricadora.
Familia Nombre Cientfico Nombre Comn
CUPRESSACEAE Cupressus macrocarpa Cipr
PINACEAE Pinus patula Pino
MALVACEAE Hibiscus rosa-sinensis Flor de Rey
CAPRIFOLIACEAE Sambucus nigra L. Tilo
MORACEAE Ficus benjamina L. Ficus
SOLANACEAE Solanum betaceum Cav. Tomate de rbol
POACEAE Pennisetum purpureum Pasto Elefante
MUSACEAE Musa sapientum L. Guineo
ASTERACEAE Taraxacum officinale Diente de Len
Fuente: El autor.
Figura 1. Vegetacin presente en el rea de influencia directa de la Lubricadora.
8.1.2.2. Fauna
La ciudad de Loja, por estar junto al Parque Nacional Podocarpus y gracias a la gran variedad
de especies vegetales presentes en sus reas verdes, constituye un espacio propicio para la
presencia de muchas especies de aves principalmente.
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Al estar la lubricadora cerca de varios parques la variedad de aves es muy significativa ya que
incluye aves introducidas entre las cuales tenemos:
Cuadro 4. Especies avifaunsticas identificadas en el rea de influencia directa de la
lubricadora.
Familia Nombre Cientfico Nombre Comn
COLUMBIDAE Columba livia Paloma domstica
FURNARIIDAE Fu
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