Transporte maritimotipos de buques

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TRANSPORTE MARITIMO MARCO LEGAL DEL TRANSPORTE Convenio de Bruselas de 1924 Protocolo de la HAYA– VISBY 1968 Protocolo de Bruselas 1979 Ley de transporte marítimo de 22-12-49 MINISTERIO DE TRANSPORTE: es la cabeza del Sector Transporte, el cual está constituido por el Ministerio, El Instituto Nacional de Vías (INVIAS), la Agencia Nacional de Infraestructuras (ANI), la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (AEROCIVIL) y la Superintendencia de Puertos y Transporte (SUPERTRANSPORTE). MINISTRA: Natalia Abello DIMAR: Dirección General Marítima, Es la Autoridad Marítima Colombiana encargada de ejecutar la política del gobierno en esta materia, contando con una estructura que contribuye al fortalecimiento del poder marítimo nacional, velando por la seguridad integral marítima, la protección de la vida humana en el mar, la promoción de las actividades marítimas y el desarrollo científico y tecnológico de la nación. TRIBUNAL DE LA HAYA: Establecida en Holanda en 1945, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) , conocida también como Corte de La Haya , es el órgano principal en materia de justicia de las Naciones Unidas , al punto que sus juicios son vinculantes, finales y sin apelación . Esta corte tiene como función básica resolver las disputas o litigios de los estados o países en cuestión , así como emitir dictámenes y dar a conocer opiniones consultivas sobre temas jurídicos que sean planteados por la Asamblea de las Naciones Unidas o por el Consejo de Seguridad de la ONU . De tal modo, la CIJ no se encarga de litigios personales, particulares o empresariales.

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TRANSPORTE MARITIMO

MARCO LEGAL DEL TRANSPORTE

Convenio de Bruselas de 1924

Protocolo de la HAYA– VISBY 1968

Protocolo de Bruselas 1979

Ley de transporte marítimo de 22-12-49

MINISTERIO DE TRANSPORTE: es la cabeza del Sector Transporte, el cual está  constituido por el Ministerio, El Instituto Nacional de Vías (INVIAS), la Agencia Nacional de Infraestructuras (ANI), la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (AEROCIVIL) y la Superintendencia de Puertos y Transporte (SUPERTRANSPORTE).

MINISTRA: Natalia Abello

DIMAR: Dirección General Marítima, Es la Autoridad Marítima Colombiana encargada de ejecutar la política del gobierno en esta materia, contando con una estructura que contribuye al fortalecimiento del poder marítimo nacional, velando por la seguridad integral marítima, la protección de la vida humana en el mar, la promoción de las actividades marítimas y el desarrollo científico y tecnológico de la nación.

TRIBUNAL DE LA HAYA: Establecida en Holanda en 1945, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) , conocida también como Corte de La Haya , es el órgano principal en materia de justicia de las Naciones Unidas , al punto que sus juicios son vinculantes, finales y sin apelación . Esta corte tiene como función básica resolver las disputas o litigios de los estados o países en cuestión , así como emitir dictámenes y dar a conocer opiniones consultivas sobre temas jurídicos que sean planteados por la Asamblea de las Naciones Unidas o por el Consejo de Seguridad de la ONU . De tal modo, la CIJ no se encarga de litigios personales, particulares o empresariales.

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TIPOS DE BUQUES

BUQUES PETROLEROS: Como su nombre lo dice son buques en los que se carga el petróleo crudo. Estos son los buques de mayor tamaño. Hasta hace muy poco se llegaron a construir petroleros de más de 500.000 TPM.

BUQUES QUIMICOS: Estos se dedican al transporte de productos químicos (fenol, amoniaco, gasolina y demás derivados. El tamaño es más bien pequeño (5.000 ó 10.000 TPM) aunque pueden llegar a los 50.000 TPM.

Pueden cargar diferentes tipos de producto y se clasifican, según el tipo de agresividad o riesgo de su carga, en tres clases (Tipo 1, 2 ó 3). La tendencia es que se construyan para las tres.

Son buques de un elevado coste por las exigencias constructivas como el doble casco, tanques de acero inoxidable, o sofisticados sistemas de pintura.

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BUQUES GASEROS: Son buques de transporte de gas Natural o gas licuado.

Son muy sofisticados interiormente y de una alta tecnología que se traduce en un alto costo de construcción.

Hay dos tipos de gaseros. Los LNG (liquified Natural Gas) y los LPG. La diferencia estriba en que los primeros transportan el gas en estado líquido a temperaturas de hasta -170 ºC y los segundos a -50º C y a una presión de 18 Kg/cm2.

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BUQUES FRIGORIFICOS: Estos tipos de buques son de un gran tamaño y se especializan principalmente en trasportar todo aquello que sea de comida ya que como su nombre lo dice en su interior tiene grande refrigeradores los cuales no dejan dañar la mercancía, este los mantiene frescos hasta el día de su descargue.

BUQUES PORTACONTENEDORES: Estos buques son cargados con diferentes contenedores de diferentes dimensiones y diferentes clases de mercancías.

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BUQUES DE CARGA GENERAL: Transportan mercancías diversas, carga general, a granel, contenedores e incluso pueden llevar algún pequeño tanque. Normalmente llevan grúas en el centro para su propia carga y descarga.

Hay buques que deben transportar cargas especiales que por su tamaño o peso no pueden transportarse en buques de carga general. Para estos casos, los buques tienen dispuestas las grúas en los laterales para dejar una cubierta abierta en su totalidad.

ROLL ON- ROLL OF: Sus siglas significan “rodar dentro – rodar fuera”. Transportan únicamente mercancías con ruedas que son cargadas y descargadas mediante vehículos tractores en varias cubiertas comunicadas mediante rampas o ascensores.

Se caracterizan por tener una gran porta abatible en la popa o proa que hacen las veces de rampa, así como una superestructura muy alta y larga.

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BUQUES GRANALEROS: Pueden transportar cereales, minerales (mineraleros) o mixto “Oil/bulk/ore carrier” que transporta cargas secas y crudo. En el caso del transporte de cargas pesadas sus bodegas están reforzadas para resistir golpes.

Algunos buques pueden tener medios propios de descarga con grúas.

Los cementeros y alumineros son un tipo especial de bulkarrier ya que son muy especializados. Suelen ser pequeños (6.000 TPM) y tienen medios propios de carga y descarga mediante tuberías por medios neumáticos (sistema de fluidificación).

BUQUES ESPECIALES: En esta clasificación podemos meter todo buque que no tenga una propia. Son buques construidos para un fin específico.

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Tipos especiales de B/L:

“Sea Way Bill”: Es un documento de embarque marítimo no negociable. Este documento permite a la parte consignada un acceso a la mercancía en destino contra simple identificación de la parte consignada a plena satisfacción del porteador. Estos documentos se rigen por el artículo 24 de los Usos y Reglas Uniformes de la Cámara de Comercio Internacional, siendo sus características generales iguales a las de los Conocimientos de Embarque Marítimos Regulados

“Bill of Lading Through”: Es un documento que cubre toda la expedición si el transporte se realiza por mar y es efectuado por más de un transportista. Este documento es emitido por las compañías navieras en calidad de transportista durante la parte del trayecto efectuado por ellos y como agente del transportista en el resto del trayecto.

Instrucciones para la correcta cumplimentación:

El B/L incluye los siguientes elementos:

• Partes contratantes (naviera o armador, consignatario de buques, cargador (“shipper”) y destinatario de la mercancía (“consignee”)).

• Nombre del buque

• Número de viaje • Puerto de carga

• Puerto de descarga

• Descripción de la mercancía a transportar (con las marcas y números de sus embalajes).

• Numeración de contenedores (si la mercancía va containerizada).

• Peso bruto y volumen de la mercancía

• Flete a satisfacer: indicación si el flete es pagadero en origen (“prepaid”) o en destino (“collect”).

• Lugar y fecha de emisión del documento (puerto de carga y momento en que se efectúa la carga).

• Número de originales del B/L emitidos por el consignatario de buques

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