PROGRAMA DE CARRERAS - Jockey Club...
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PROGRAMA DE CARRERAS
DE
CARRERAS
LAREDO
AÑO 2016
CLUB ELEMENTAL TURF LAREDO
Y LA COLABORACION DEL
AYUNTAMIENTO LAREDO
2
Oficinas:
Ayuntamiento de LAREDO
Avenida de España 1106
39770 LAREDO (Cantabria)
PROGRAMA DE LAS CARRERAS DE CABALLOS
QUE SE CELEBRARÁN
EN LA PLAYA DE LAREDO
14 DE MAYO 2016
Recepción Inscripciones:
Jockey Club Español
Y
Sociedades Organizadoras reconocidas y autorizadas por el Jockey Club
Español
3
Se recomienda a todos los propietarios, profesionales y participantes en la competición desarrollada según el presente Programa de Carreras la lectura comprensiva de las nuevas Condiciones Generales que aquí contemplan, así
como el conocimiento del Código de Carreras del Jockey Club Español de Carreras de Caballos, por las novedades que se introducen en el conjunto de
normas que regirán la competición
4
TEMPORADA DE LAREDO
RESUMEN DE PREMIOS A DISTRIBUIR
EDAD CARRERAS EUROS TOTAL
CUATRO AÑOS Y MÁS 2 10.000 10.000
Importados y Nacionales
TOTAL P.S.I. 2 10.000
5
Sábado 14 de Mayo de 2016 Premio 1 (AMAZONAS Y GENTLEMEN) 5.000 €: 2.000 € al primero, 1.400 € al segundo, 800 € al tercero, 500 € al cuarto y
300 al quinto. Para caballos y yeguas de CUATRO AÑOS EN ADELANTE.
Peso 62 kilos.- Recargos: 1 kilo por cada carrera ganada desde el 1 de Enero 2015. Distancia: 2.200 metros.
Premio 2 (AMAZONAS Y GENTLEMEN) 5.000 €: 2.000 € al primero, 1.400 € al segundo, 800 € al tercero, 500 € al cuarto y
300 al quinto. Para caballos y yeguas de CUATRO AÑOS EN ADELANTE.
Peso 62 kilos.- Recargos: 1 kilo por cada carrera ganada desde el 1 de Enero 2015 Distancia: 1.600 metros.
INSCRIPCIONES: Miércoles, 4 de Mayo, hasta las 12:00 horas. PUBLICACIÓN DE PESOS: Jueves 5 de Mayo, a las 12:00 horas. FORFAITS: Lunes 9 de Mayo, hasta las 10:00 horas.
REENGANCHES: Lunes 9 de Mayo, hasta las 14:00 horas. DECLARACIÓN DE PARTICIPANTES: Martes, 10 de Mayo, hasta las 12:00 horas.
PROGRAMA DE CARRERAS DEL DERBY INTERNACIONAL DE LAREDO
A CELEBRAR EL DIA 14 DE MAYO DE 2016
TODAS LAS CARRERAS DE ESTE PROGRAMA SE REGIRÁN POR EL
CÓDIGO DE CARRERAS VIGENTE DEL JOCKEY CLUB ESPAÑOL DE
CARRERAS DE CABALLOS Y POR LAS SIGUIENTES:
CONDICIONES GENERALES
CONDICIONES TÉCNICAS
1º. Las condiciones de este Programa serán firmes a partir de su aprobación por el
Jockey Club Español de Carreras de Caballos (JCE), y salvo en lo referente a la
denominación de las carreras o la elevación de la cuantía de sus premios, solo se
podrán introducir modificaciones de forma justificada y con la aprobación de los
Sres. Comisarios del Comité de Disciplina del JCE. Por causas de fuerza mayor,
podrá realizarse la suspensión, modificación de recorrido o traslado a otra fecha
de la temporada.
2º. Con las excepciones a que hubiera lugar por causas de fuerza mayor, y que se
comunicarían con la antelación necesaria, las inscripciones, forfaits,
inscripciones suplementarias (reenganches) así como las declaraciones de
participantes, y para que estas puedan considerarse válidas, deberán ser enviadas
por correo electrónico a la organización (correo electrónico Silvia-
[email protected]) o al JCE ([email protected]), o depositadas en las
oficinas de este último (Avda. Padre Huidobro, S/N – 28023 Madrid), en las
fechas y horas señaladas en el programa.
Asimismo pueden entregarse, debidamente firmadas, en el resto de Sociedades
Organizadoras autorizadas por el JCE, que las harán llegar al mismo, de la forma
obligatoria, en el tiempo y forma anteriormente fijados.
La relación provisional de las declaraciones de participantes será exhibida en el
tablón de anuncios habilitado al efecto, concediéndose un plazo no inferior a una
(1) hora y siempre, al menos, hasta después de dos (2) horas de la hora límite
establecida para entregar las declaraciones de participantes, para formular las
reclamaciones que contra dicha relación provisional se consideren oportunas.
3º. Si a la vista de las inscripciones, forfaits, inscripciones suplementarias
(reenganches) o participantes provisionales de una carrera, se pudiera observar
que el número de caballos participantes pudiera ser inferior a CINCO (5), la
carrera en cuestión podrá suprimirse, adoptando la dirección de carreras una de
las siguientes medidas:
Desdoblar otra carrera de la misma jornada.
Abrir un plazo nuevo de inscripciones para otra carrera u otras que se
disputarán en la misma jornada, y cuyas condiciones se harán públicas
en el mismo momento en que la primera sea suprimida.
Decidir que en esa jornada no se celebre la carrera.
Si en el día de la carrera quedase, por retirada de algún caballo, un número
inferior a cinco participantes, la carrera se celebrará con los participantes que
finalmente queden.
4º. El número de caballos participantes en cada carrera será de doce (12) como
máximo. De existir más de doce (12), los Sres. Comisarios de Carreras podrán
eliminar a los que excedan de tal cifra, siguiendo los procedimientos establecidos
por el Código de Carreras de Galope del JCE.
5º. Se entiende que las distancias sobre las que se disputan las pruebas de este
programa son aproximadas.
6º. Con el fin de establecer un estricto control de los caballos participantes y de que
estos cumplen con los calendarios de vacunación en vigor, será OBLIGATORIO
depositar, en el Servicio Veterinario Oficial de la jornada, los
DIE/PASAPORTE de los caballos, al menos UNA (1) HORA ANTES DEL
INICIO DE LA JORNADA DE CARRERAS.
7º. Las mantillas serán entregadas por la sociedad organizadora con el número
correspondiente.
8º. Todos los movimientos que los caballos deban realizar para dirigirse a los
diferentes recintos reservados para el desarrollo de las operaciones de las
carreras, tanto antes como después de las mismas, deberán realizarse siguiendo
las instrucciones de los Sres. Comisarios de Carreras o del personal de seguridad
que actúen en la jornada.
9º. No se permitirá el acceso a la zona de salida a ninguna persona sin la
autorización expresa de los Sres. Comisarios de Carreras.
Asimismo, se prohíbe el uso de instrumentos no autorizados o que los Sres.
Comisarios de Carreras pudiesen considerar capaces de alterar el rendimiento de
los caballos en las operaciones de salida.
El incumplimiento de lo estipulado en los dos párrafos anteriores dará lugar a
las sanciones previstas en el vigente Código de Carreras del JCE en vigor.
10º. Queda prohibido, bajo la inmediata responsabilidad del entrenador y/o del jinete,
el empleo de cualquier instrumento eléctrico, mecánico, electrónico, de
ultrasonido u otro complemento externo de cualquier naturaleza, que puedan
alterar el normal rendimiento de un caballo, exceptuándose el uso de la fusta y de
los elementos autorizados por el Código de Carreras del JCE en vigor.
11º. Está terminantemente prohibido el uso del torcedor labial en cualquier recinto
del hipódromo y en especial en la salida.
Se deberá indicar expresamente en la declaración de participantes si los caballos
portarán anteojeras, carrilleras, tapones, y/o visor. Con este fin, se deben indicar
los complementos citados en dicha declaración mediante las siguientes
"llamadas".
Carrilleras (3)
Tapones ( 4)
Anteojeras (5)
Visor (6)
Las condiciones así declaradas no podrán variar en ningún momento.
Los caballos deberán llevar puestos estos elementos desde el momento en el
que sean presentados al público antes de la carrera, hasta su vuelta al
paddok al terminar la misma.
12º. Deberá solicitarse permiso a los Sres. Comisarios de Carreras para poder
realizar el ensillado del caballo fuera del ensilladero y no será necesario
comunicar el atado de lengua y/o testículos de los caballos.
Los jinetes de los caballos que hayan sido autorizados por los Sres. Comisarios
de Carreras para realizar el ensillado en sus cuadras a petición de sus
responsables, deberán presentarse obligatoriamente al pesaje posterior a la
carrera, independientemente del puesto que ocupe en la meta. De no presentarse
al peso después de la misma, dicho caballo será distanciado y su entrenador o
jinete, será el responsable de dicha falta. (Esta autorización no conllevará
retraso alguno en la presencia del caballo en el paddok).
13º. En el paddock, los caballos deberán ser presentados por un mozo correctamente
vestido. El número de mantilla deberá estar visible, siendo responsable el
entrenador del cumplimiento de esta normativa.
Para poder pasear los caballos montados durante la presentación en el paddock,
será obligatorio disponer de la debida autorización de los Sres. Comisarios de
Carreras, y utilizar los elementos de protección oportunos (casco y chaleco).
14º. Las personas que presenten reclamación deberán realizar el depósito previo
establecido por el JCE y deberán permanecer en el recinto de peso a
disposición de los Sres. Comisarios de Carreras el tiempo que estos
consideren oportuno, en virtud de lo establecido en el Código de Carreras
del JCE.
15º. Se recuerda a todos los jinetes y amazonas que deben extremar el
cumplimiento de las normas establecidas por el Código de Carreras del JCE
referentes al empleo de la fusta.
16º. El buen cumplimiento del protocolo de extracción de muestras para el control
antidopaje de caballos y jinetes es responsabilidad única del JCE. El Club
Elemental Turf Laredo se limitara a facilitar el proceso, en la medida de las
posibilidades existentes, para el desarrollo de las labores correspondientes a
dicho fin.
CONDICIONES FINANCIERAS
1º. El importe de las inscripciones será de cincuenta euros (50,00 €) por caballo.
El importe correspondiente a las inscripciones suplementarias y a las
declaraciones relativas a dichas inscripciones figura en el anexo I.
2º. Las Sociedades Organizadoras podrán solicitar, por escrito, al Jockey Club
Español, la anulación de la inscripción de un caballo para una carrera por los
motivos financieros establecidos en las Condiciones Generales del Programa.
La solicitud deberá realizarse remitiendo el documento, habilitado al efecto,
antes de las 15 horas del día anterior a la publicación de los pesos de la carrera
a la que corresponda la solicitud de anulación. La Sociedad Organizadora es
responsable de la veracidad de la información.
Teniendo constancia de la recepción en tiempo y forma de la solicitud de
anulación los Comisarios del Comité de Disciplina deberán anular dicha
inscripción.
En el caso de Reenganches o Inscripciones Suplementarias, la cuadra que lo
solicite deberá tener saldo suficiente acreditado para esta inscripción, si no
fuera así no será admitida la misma.
3º Las cantidades destinadas a premios y colocaciones en las condiciones
particulares de cada carrera se asignarán de la siguiente forma:
- Ochenta por ciento (80%) de la cantidad anunciada, al propietario.
- Diez por ciento (10%) de la cantidad anunciada, al entrenador.
- Diez por ciento (10%) de la cantidad anunciada, al jinete (*).
(*) En el caso de que el jinete que haya montado sea titular de una autorización
para montar en calidad de jinete aficionado (gentleman rider o amazona), las
cantidades se asignarán según lo establecido por el vigente Código de Carreras
del JCE, de la siguiente forma:
- Ochenta por ciento (80%) de la cantidad anunciada, al propietario.
- Diez por ciento (10%) de la cantidad anunciada, al entrenador.
- Diez por ciento (10%) de la cantidad anunciada, a la Asociación
Española de Gentlemen-Riders (AEGRI), excepto cuando el jinete haya
montado un caballo de su propiedad, en cuyo caso será el/ella quien que
reciba dicho diez por ciento (10%)
4º Todos los jinetes deberán firmar el Acta de Presencia, según lo establecido en
el Código de Carreras del JCE, requisito imprescindible para que estos puedan
reclamar, en su caso, los gastos de desplazamiento, según las normas también
establecidas en el citado Código.
5º Los premios deberán ser facturados por dichos interesados y según corresponda
a:
Ayuntamiento de Laredo
Avd. de España 1106
39770 Laredo
Cantabria
TODOS LOS PREMIOS ESTAN SUJETOS A LA RETENCIÓN DEL
IRPF VIGENTE.
6º En caso de ser el destinatario de un importe una Sociedad Anónima o una
Sociedad Limitada sujeta al IVA, a la cantidad especificada en el premio se
añadirá el IVA vigente en el momento de presentar la factura. Del total de
premio bruto se restará el correspondiente IRPF vigente, incluso para las
sociedades (Art. 58.b y 59.r de Real Decreto 1777/2004, de 30 de Julio, por el
que se aprueba el Reglamento de Impuesto de Sociedades). Todos los
participantes con derecho a una retribución, deberán aportar a la organización
los datos fiscales y bancarios, antes de proceder a la presentación de las facturas,
con el fin de poder iniciar los trámites pertinentes. El pago de los premios se
efectuará por transferencia bancaria.
7º El pago de la cantidad facturada se realizará de acuerdo a la ley de contratos de
la administración pública.
8º El Ayuntamiento de Laredo no contrae, ni contraerá relación laboral ni
mercantil con ninguna de las personas encargadas del cuidado de los caballos y
enseres que encuentren en cualquiera de las instalaciones de la Sociedad.
9º Los propietarios y los entrenadores serán los únicos responsables de sus
relaciones con otras personas derivadas de cualquiera de sus actuaciones
motivadas con ocasión de la presente jornada, por lo que deberá presentar la
documentación necesaria que acredite su relación laboral
Asimismo, los Sres. Propietarios y/o los Sres. Entrenadores serán responsables
de las posibles actuaciones del personal a su cargo frente a la Sociedad
Organizadora.
10º Los propietarios de los caballos participantes, quienes fueron sus criadores, los
jockeys profesionales, los jinetes no profesionales, los mozos, los auxiliares, los
veterinarios, los Sres. Comisarios de Carreras, los Jueces de Llegada, de Peso, y
de Salida, así como cualquier persona física o jurídica que, directa o
indirectamente, participe en la organización y/o desarrollo de cualquier carrera
que integren el presente programa:
- Aceptan, por el hecho de participar en las carreras de este Programa, que
cualquier derecho de explotación audiovisual por cualquier soporte, en lo
que concierne a la competición desarrollada según el presente Programa,
es un derecho único y exclusivo del Ayuntamiento de Laredo como
Sociedad Organizadora.
- Permiten expresamente el uso de su imagen y la de sus caballos
participantes al Ayuntamiento de Laredo, así como el de sus respectivos
nombres y colores y el de sus cuadras participantes, para su difusión en
cualquier medio de comunicación como televisión, periódicos, revistas,
videos, internet o cualquier otro formato.
- Aceptan que su nombre e imagen, de sus cuadras y de sus caballos
figuren en cualquier documentación que el Ayuntamiento de Laredo
considere necesario publicar para el buen desarrollo de las carreras y
colabore con la buena imagen de éstas.
Las condiciones de la publicidad que porten los jinetes o los colores de los propietarios
se regularán por lo dispuesto en el Anexo XIV del Código de Carreras del JCE.
Asimismo, el Ayuntamiento de Laredo deberá autorizar la publicidad indicada de
forma expresa.
EL HECHO DE PARTICIPAR EN LAS CARRERAS IMPLICA EL
CONOCIMIENTO DE ESTAS NORMAS Y SU ADHESION A LAS MISMAS,
QUEDANDO SOMETIDA SU PARTICIPACIÓN A LA ACEPTACIÓN DE LAS
CONDICIONES QUE EN ELLAS SE ESTABLECEN.
ANEXO I
Importes correspondientes a las declaraciones relativas a las inscripciones:
CUANTIA DEL
PREMIO CABALLO
GANADOR
FORFAIT
INSCRIPCION
SUPLEMENTARIA
NO PARTICIPANTE
PARTICIPANTE
2.000 20 80 80 40
ANEXO II
Se recuerda a los Sres. Entrenadores que cuando se trate de un caballo entrenado
en el extranjero, deberá acompañarse a la inscripción la relación completa de sus
actuaciones, excepto para las carreras de peso por edad en las que la calificación se
determine por la edad o por el sexo. Si el caballo inscrito en estas condiciones vuelve a
correr con posterioridad a la fecha de la inscripción, una relación complementaria deberá
estar en poder del JCE o de la Sociedad Organizadora antes de la fecha de declaración de
participantes.
ANEXO III
ARTICULO 1°
Antes de las carreras de esta jornada, los Sres. Comisarios de Carreras exigirán la firma de
todos y cada uno de los entrenadores (o sus representantes autorizados por el JCE) que
corren caballos de su preparación en esa jornada.
Si algún entrenador o sus representante/s autorizado/s por el JCE, no pudiese asistir al
hipódromo por participar otros caballos de su preparación en otros hipódromos o por causa
de fuerza mayor apreciada por los Sres. Comisarios, podrán excepcionalmente nombrar para
esta jornada e hipódromo a otro entrenador, jinete o mozo de cuadra, solicitándolo al JCE
con una antelación mínima de setenta y dos (72) horas respecto a la fecha de celebración de
dicha jornada, para que la persona nombrada sea autorizada o no por los Sres. Comisarios de
JCE.
Se firmará en el Acta de Presencia habilitada al efecto en el recinto del peso.
ARTICULO 2°
La participación de uno o varios caballos en una jornada de carreras en ausencia de su
entrenador (o su representante autorizado por el JCE) será considerada como falta grave,
siendo sancionado el entrenador de acuerdo con lo establecido en el Código de Carreras del
JCE.
ARTICULO 3°
Los Sres. Comisarios de Carreras enviarán el Acta de Presencia de la jornada, junto al Acta
de carreras, al JCE, para su registro y archivo.
ARTICULO 4°
Los Entrenadores que hayan sido autorizados por los Sres. Comisarios de Carreras a realizar
el ensillado del participante en su cuadra o en cualquier otro lugar fuera del recinto obligado,
deberán presentar obligatoriamente a dicho participante en el paddock, 20 minutos antes del
horario en el que se disputará la carrera, el cual figura en el programa oficial de la jornada.
ARTICULO 5°
El desfile de los participantes será de obligatorio cumplimiento en aquellas carreras del
programa en las que se indica: " Antes de la carrera se procederá al desfile de los
participantes".
ANEXO IV
Cuando un caballo haya de correr con un peso que exceda del que le corresponde por las
condiciones de carrera, dentro de lo permitido por el Código de Carreras JCE, se hará constar
este peso para que figure en el Programa Oficial.
ANEXO V
DESCARGOS POR RAZONES DE MONTA EN CARRERAS LISAS A JINETES CON
LICENCIA EXPEDIDA POR EL JOCKEY CLUB ESPAÑOL
A) Jinetes no profesionales (amazonas y gentlemen-riders)
En carreras de tipo D, E y F
En carreras a ellos reservadas:
1. Carreras de peso por edad
Jinetes No ganadores…………………………………………. 3 kg.
Ganadores de 1 a 5 carreras inclusive………………………… 2 kg.
Descargo suplementario por montar caballos de su propiedad. 2 kg.
2. Handicaps
Jinetes No ganadores………………………………………… 2 kg.
Ganadores de 1 a 5 carreras inclusive………………………… 1 kg.
Descargo suplementario por montar caballos de su propiedad. 1 kg.
En carreras no reservadas a ellos:
1. Carreras de peso por edad
Ganadores de hasta 29 carreras inclusive……………………. 2,5 kg.
Ganadores de 30 a 49 carreras inclusive……………………... 1,5 kg.
2. Handicaps
Ganadores de hasta 29 carreras inclusive……………………. 2 kg.
Ganadores de 30 a 49 carreras inclusive……………………... 1 kg.
B) Jockeys jóvenes y aprendices:
En carreras de tipo D, E y F
1. Carreras de peso por edad
Ganadores de hasta 29 carreras inclusive……………………. 2,5 kg.
Ganadores de 30 a 45 carreras inclusive……………………... 1,5 kg.
2. Handicaps
Ganadores de hasta 29 carreras inclusive……………………. 2 kg.
Ganadores de 30 a 45 carreras inclusive……………………... 1 kg.
Además, se concede una reducción de peso adicional de 1 kg. Al jockey joven ó aprendiz
participante, según lo especificado en el punto 2 del apartado II del artículo 96 el Código de
Carreras.
ANEXO VI
ANEXO VII